Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente
Información general
Biografía
Nacido en Córdoba en 1972, es diplomado en Ciencias Empresariales por la Universidad de Córdoba. Es funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria en la especialidad de Formación Profesional de Organización y Gestión Comercial. Ha sido director general de Servicios Sociales en el Ayuntamiento de Córdoba (2023-2024), jefe de servicio de Desarrollo y Calidad en el Ministerio de Educación y Formación Profesional (2020-2023) y coordinador de Formación Profesional Dual en la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía (2014-2016).
Fue representante del Ministerio de Educación y Formación Profesional ante EQAVET (European Quality Assurance in Vocational Education and Training), CEDEFOP (European Centre for the Development of Vocational Training) y VET National Team de SEPIE (Servicio Español para la Internacionalización de la Educación del Ministerio de Universidades).
Asimismo, ha sido nombrado experto internacional coordinador por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el desarrollo (Secretaría de Estado de Cooperación Internacional) de la aplicación del Catálogo Nacional de Cualificaciones (CNC), en el diseño y aplicación de pruebas de acceso y procesos de certificación de competencias técnicas para la FP del Gobierno de República Dominicana.
Funciones
Corresponden a la persona titular de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente las funciones que determina el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
En particular, son competencias de esta dirección general, en materia de oferta y admisión:
- La determinación de la oferta formativa del Sistema de Formación Profesional para cada curso escolar, en función de las demandas y necesidades del mercado de trabajo y de acuerdo con la planificación establecida por la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada.
- La escolarización del alumnado de formación profesional, así como la propuesta de normas para ello.
- La planificación del equipamiento de las enseñanzas de formación profesional en coordinación con la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada.
- La organización y desarrollo de las pruebas de acceso a ciclos formativos de formación profesional.
- La organización y desarrollo de las pruebas libres para la obtención de títulos de formación profesional.
- La gestión de actuaciones de promoción de la formación profesional, campeonatos de skills a nivel autonómico, nacional, europeo y mundial y la gestión de premios extraordinarios de formación profesional.
Son competencias de esta dirección general, en materia de ordenación y formación en empresas:
- En el ámbito de la formación profesional del sistema educativo, el impulso y la gestión de la formación práctica en las empresas.
- La gestión de los proyectos de movilidad de carácter transnacional del alumnado y del profesorado del ámbito de la formación profesional del sistema educativo.
- La propuesta de los diseños curriculares, así como las normas y orientaciones necesarias para su efectividad, en las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo.
- La gestión de la formación profesional dual.
- Las relaciones con los sectores productivos para estudiar las posibilidades de formación del alumnado de formación profesional del sistema educativo en centros de trabajo y el fomento de la participación de los agentes sociales.
- El fomento de la cultura emprendedora del alumnado de formación profesional, con objeto de favorecer el dinamismo del sistema productivo andaluz y el emprendimiento, en coordinación con la Consejería con competencias en materia de emprendimiento.
- La formación del profesorado de formación profesional en coordinación con la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado.
- La orientación profesional en el ámbito de la formación profesional.
- La coordinación de la educación semipresencial y a distancia de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo.
- La autorización de la modalidad a distancia de las enseñanzas de formación profesional, en centros privados.
- La planificación de la oferta de formación profesional a distancia en la red de centros públicos de formación profesional.
- La coordinación de las medidas para la difusión de la formación profesional dual.
- La gestión de las ayudas de desplazamiento al alumnado y profesorado que participa en la formación profesional dual y en el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo.
- La elaboración de las normas sobre organización y funcionamiento de los centros docentes integrados de formación profesional, así como la coordinación y seguimiento de las mismas.
- La gestión y coordinación de los programas internacionales de formación profesional.
- La ordenación de la evaluación de la formación profesional del sistema educativo, sin perjuicio de las competencias de la Dirección General de Ordenación y Evaluación.
- La normalización en el sistema de gestión Séneca de las enseñanzas de formación profesional.
Son competencias de esta dirección general en materia de educación permanente:
- El fomento de enseñanzas regladas que faciliten, en el marco del sistema educativo, la formación a lo largo de la vida de las personas adultas.
- La escolarización del alumnado de educación permanente de personas adultas, así como la propuesta de normas para ello.
- La determinación de la oferta formativa de educación permanente de personas adultas, de acuerdo con la planificación establecida por la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada.
- La coordinación de la educación semipresencial y a distancia de las enseñanzas de educación permanente de personas adultas.
Son competencias de esta dirección general, en materia de cualificaciones profesionales:
- La coordinación de las actuaciones del Instituto Andaluz de Cualificaciones Profesionales.
- La planificación de los procedimientos de acreditación de competencias adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
- La gestión de los procedimientos de acreditación de competencias adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, en colaboración con la Consejería competente en materia de empleo.
- La programación, coordinación y control de los centros integrados de formación profesional.
- La gestión y coordinación de los certificados de profesionalidad.
- La coordinación de la red de centros de calidad de formación profesional.
Son competencias de esta dirección general, en materia de fondos europeos y gestión del gasto:
- La ejecución de las actuaciones financiadas con fondos estructurales u otros fondos de la Unión Europea del ámbito competencial de la Dirección General, mediante los procedimientos administrativos ordinarios que correspondan, asegurando el cumplimiento de los requerimientos reglamentarios y legales y la buena gestión financiera, y teniendo en cuenta los objetivos e indicadores que se establezcan.
- La evaluación de riesgos, la detección de vulnerabilidades y la elaboración de un plan de acción para evitar o mitigar posibles incumplimientos de los objetivos e indicadores de los programas operativos y otros mecanismos de financiación europea, en el ámbito de las competencias de la Dirección General.
- La colaboración en actuaciones de verificación y auditoría de las actuaciones financiadas con fondos de la Unión Europea, del ámbito de sus competencias.
- El mantenimiento de los sistemas de información de gestión y seguimiento que se establezcan, con la documentación relativa al cumplimiento de los objetivos e indicadores que correspondan a su competencia, conforme a las exigencias establecidas en los reglamentos europeos de cada fondo de financiación.
- La propuesta de distribución de los gastos vinculados a programas específicos, de competencia de este órgano directivo, que perciban los centros docentes públicos no universitarios, con cargo al presupuesto de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
- La gestión de los gastos de funcionamiento extraordinarios de los centros que imparten enseñanzas de formación profesional.
Así mismo, son competencias de esta dirección general:
- Las actuaciones que, conforme a la normativa de protección de datos personales, le correspondan como responsable del tratamiento en el ámbito de las competencias que tiene atribuidas.
- El Registro de Procedimientos y Servicios de los procedimientos administrativos y servicios que gestiona la Dirección General, en coordinación con la Secretaría General Técnica.
- Cualesquiera otras competencias que le atribuya la legislación vigente.