Convenio de colaboración entre la Consejería de Educación y la empresa Media Markt, para la realización de un programa de formación profesional dual.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
Consejería de Educación.
Empresa Media Markt Saturn Administración España S.A.U.
Duración
Este convenio entrará en vigor a partir de su firma, fijándose como fecha de finalización el 31 de agosto de 2018.

No obstante, se podrá prorrogar la vigencia del presente convenio por cada programa formativo (dos cursos académicos), hasta un máximo de tres programas formativos más (seis cursos académicos), con aceptación expresa de las partes de todos sus términos y condiciones, con una antelación mínima de cinco meses.

Objeto

Establecer los mecanismos de colaboración entre la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía y la empresa Media Markt, para organizar y desarrollar conjuntamente un programa destinado a establecer un plan de formación de dos cursos de duración dirigidos a alumnos y alumnas que cursan el Ciclo Formativo de Gestión de Ventas y Espacios Comerciales.

Obligaciones económicas

Consejería de Educación: no se establecen obligaciones económicas (cláusula segunda, apartado 1). La Consejería de Educación se asegurará que todo el alumnado, profesorado y personal tutor que participe en algunas de las acciones formativas amparadas por el presente Convenio se encuentren cubiertas por una póliza de seguro suficiente a los efectos de cubrir los accidentes que los mismos pudieran sufrir con ocasión de la realización o participación en dichas acciones, cualquiera que sea su naturaleza, especialmente cuando tales acciones formativas sean realizadas en los centros de trabajo o instalaciones propias de la empresa o con ocasión de su participación en el proyecto (cláusula cuarta)

La empresa Media Markt Saturn Administración España S.A.U.: conceder al alumnado del programa, durante el período que reciba formación en la empresa, una beca cuya cuantía será de 200 euros mensuales por 20 horas semanales, o la parte proporcional, cuya financiación correrá a cargo de la empresa en su totalidad. Dar de alta al alumnado, durante su estancia en la empresa, en el Régimen General de la Seguridad Social como becarios o becarias, en los términos y condiciones previstos en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre (cláusula segunda, apartado 2. b) y d).

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