Convenio de cooperación educativa entre la Consejería de Educación y la Universidad Pablo de Olavide para el desarrollo de intervenciones, en ámbitos de innovación e investigación, en centros docentes públicos no universitarios de la Consejería
Objeto
Concretar todos los aspectos relacionados con las intervenciones de la universidad, en el ámbito de la innovación e investigación educativa, desarrolladas en colaboración y cooperación con los centros docentes públicos no universitarios.
Se entiende por “Intervención en el ámbito de la innovación y la investigación educativa” todas aquellas acciones desarrolladas por la universidad en colaboración y cooperación con profesorado de centros docentes públicos no universitarios, encaminadas a la introducción de cambios innovadores en la práctica docente, para la mejora de los resultados y de los procesos educativos, ya sean estos de tipo curricular, organizativo o funcional.
En ningún caso será de aplicación el presente Convenio en aquellas actividades que pertencezcan a programas educativos ya sujetos a otra normativa vigente.
El presente Convenio es desarrollo del Convenio Marco de Colaboración suscrito, en fecha 10/02/2016, entre la Consejería de Economía y Conocimiento, la Consejería de Educación y las Universidades Públicas andaluzas para el desarrollo de las prácticas académicas externas y el fomento de la investigación y la innovación docente en el ámbito educativo andaluz, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 92, de 17 de mayo de 2016, mediante Resolución de 9 de mayo de 2016, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología.
Obligaciones económicas
Consejería de Educación: no se establecen obligaciones económicas (cláusula cuarta, puntos 2 y 3).
La Universidad Pablo de Olavide: se compromete a fomentar la implicación del profesorado universitario, con cargo a la universidad, en las actividades formativas organizadas por la Consejería, relativas a la puesta en marcha de proyectos de innovación y de investigación educativa (cláusula cuarta, punto 1, letra c) y a facilitar el uso de las distintas instalaciones universitarias para actos organizados por la Consejería, con bonificación total de los precios públicos (cláusula cuarta, punto 1, letra d).