Convenio para la gestión de las becas de los niveles postobligatorios no universitarios correspondientes al curso 2019-2020.
El incumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes dará lugar a la resolución del convenio y a la liquidación o restitución de las cantidades que hubieran resultado pendientes, por cualquiera de las partes, en los términos establecidos en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de l de octubre.
Objeto
El Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía colaborarán en el proceso de gestión de las becas del curso 2019-2020, en los términos establecidos en el presente Convenio.
El ámbito material de este Convenio comprende la gestión, concesión y pago de las becas y ayudas para cursar estudios reglados de niveles postobligatorios no universitarios que se concedan a quienes sigan sus estudios en Andalucía.
Se incluyen expresamente las siguientes becas y ayudas:
Becas de carácter general para alumnos/as de Bachillerato, Formación Profesional de grado medio y de grado superior, enseñanzas artísticas profesionales, enseñanzas deportivas, estudios de idiomas realizados en escuelas oficiales de titularidad de las administraciones educativas, incluida la modalidad a distancia.
Ayudas al estudio para alumnos/as de Formación Profesional Básica, así como para alumnos/as de cursos de preparación para las pruebas de acceso a la Formación Profesional impartidos por centros públicosy en centros privados concertados que, además, tengan autorizadas las enseñanzas de formación profesional.
Becas de carácter general para alumnos/as de enseñanzas artísticas superiores y de otros estudios superiores no universitarios.
Ayudas para alumnos y alumnas con necesidad específica de apoyo educativo.
Se excluye expresamente del ámbito de aplicación del presente convenio las becas de estudiantes que no cursen sus estudios en Andalucía, las destinadas a los alumnos/as matriuclados/as en el Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia y las becas destindas a cursar estudios universitarios.
Modificaciones
La modificación del contenido del presente convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.
Obligaciones económicas
La financiación de las becas se realizará por el Ministerio de Educación y Formación Profesional con cargo a los correspondientes créditos presupuestarios consignados en el programa de Becas y Ayudas al Estudio de 2019 y 2020. No obstante, los abonos que hayan de efectuarse en virtud de la estimación de los recursos en vía administrativa interpuestos que no se hayan resuelto dentro del ejercicio, podrán ser efectuados con cargo a presupuestos posteriores. Estos libramientos tendrán carácter finalista para el pago de las becas y ayudas a que se refiere este convenio. La Junta de Andalucía resolverá las convocatorias adjudicando las becas y ayudas y abonará la cuantía concedida a las personas beneficiarias.