Convenio de colaboración entre la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía y la Diputación Provincial de Sevilla sobre el sostenimiento y la utilización de los centros docentes de dicha corporación provincial.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
El Consejero de Educación y Deporte
El Presidente de la Diputación Provincial de Sevilla
Duración
El presente Convenio tendrá una duración de cuatro años, con efectos administrativos y económicos desde el inicio del curso escolar 2019/20, pudiendo prorrogarse mediante acuerdo expreso de las partes por un período de hasta otros cuatro cursos escolares sucesivos.

Se prorroga por un período de otros cuatro años, con efectos administrativos y económicos desde el inicio del curso escolar 2023/24.

Objeto

El presente Convenio de Colaboración tiene por objeto establecer las condiciones y el régimen de sostenimiento y utilización de los centros docentes de titularidad de la Diputación Provincial de Sevilla: "Virgen de los Reyes", código 41004113, e "Híspalis", código 41007114, que afecta al número de unidades o grupos, niveles y modalidades educativas que se imparten en los mismos, como figura en el Anexo que se acompaña al presente Convenio.

Modificaciones

En virtud de lo dispuesto en el artículo 49. f) de la Ley 40/2015, de l de octubre, las cuestiones de interpretación, modificación, resolución y efectos que se deriven del presente Convenio, así como las controversias que puedan suscitarse con motivo de su aplicación, se resolverán por las partes firmantes del Convenio de mutuo acuerdo, en el seno de la Comisión de Seguimiento, sin perjuicio de las facultades de cada parte firmante en las materias atribuidas a su exclusiva competencia.

Modificación incluida por la Primera Adenda, suscrita el 15 de junio de 2020:

En virtud de esta Adenda se acuerda entre las partes firmantes, a partir del curso escolar 2020/21, la modificación de unidades y el ajuste de la plantilla de profesorado establecidas en el Convenio de Colaboración suscrito de fecha 22 de julio de 2019 para Centros de Convenios de titularidad de la Diputación Provincial de Sevilla. La oferta educativa de los Centros de Convenio "Virgen de los Reyes" e "Híspalis" a partir del curso escolar 2020/21 queda reflejada en el Anexo que acompaña a esta Adenda.

Modificación incluida por la Segunda Adenda, suscrita el 9 de julio de 2021:

El objeto de la presente Adenda es acordar entre las partes firmantes, a partir del curso escolar 2021/22, la modificación de unidades y el ajuste de la plantilla de profesorado establecidas en el Convenio de Colaboración suscrito de fecha 22 de julio de 2019 para Centros de Convenios de titularidad de la Diputación provincial de Sevilla y posterior Adenda firmada el 15 de junio de 2020. La oferta educativa de los Centros de Convenio "Virgen de los Reyes" e "Híspalis" a partir del curso escolar 2021/22 queda reflejada en el Anexo que acompaña a esta Adenda.

Modificación incluida por la Tercera Adenda, suscrita el 17 de junio de 2022:

El objeto de la presente Adenda es acordar entre las partes firmantes, a partir del año escolar 2022/23, la modificación de unidades y el ajuste de la plantilla de profesorado establecidas en el Convenio de Colaboración suscrito de fecha 22 de julio de 2019 para Centros de Convenios de titularidad de la Diputación Provincial de Sevilla y posteriores Adendas firmadas el 15 de junio de 2020 y el 9 de julio de 2021. La oferta educativa de los Centros de Convenio "Virgen de los Reyes" e "Híspalis" a partir del curso escolar 2022/23 queda reflejada en el Anexo que acompaña a esta Adenda.

Modificación incluida por la Cuarta Adenda, suscrita el 22 de julio de 2023:

El objeto de la presente Adenda es acordar entre las partes firmantes, a partir del curso escolar 2023/24, la modificación de unidades y el ajuste de la plantilla de profesorado establecidas en dicho Convenio de colaboración para los centros docentes de titularidad de la Diputación Provincial de Sevilla y posteriores Adendas firmadas el 15 de junio de 2020 y el 9 de julio de 2021 y el 17 de junio de 2022.

Obligaciones económicas

El libramiento de los pagos que la Consejería de Educación y Deporte deberá realizar en cumplimiento de las obligaciones que asume en la cláusula tercera del presente Convenio se ajustará a lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de normas básicas sobre conciertos educativos, aprobado por Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre. Dichos libramientos de pagos previstos se efectuarán con anterioridad a la finalización del mes siguiente del trimestre vencido, en función de la disponibilidad presupuestaria existente, con cargo a las siguientes partidas presupuestarias:

- 130001/0500/G/42C/488 (subconceptos 01-02-03-05-06)/00/01

- 130001/0500/G/42D/488 (subconceptos 01-02-03-05-06)/00/01

- 130001/0500/G/42E/488 (subconceptos 01-02-03-05-06)/00/01

La justificación del empleo de las cantidades percibidas con la finalidad para la que fueron concedidas se realizará mediante certificación acreditativa expedida por la Intervención de la Diputación Provincial de Sevilla, debiendo remitirse dicha certificación a la Consejería de Educación y Deporte, dentro de los tres meses siguientes al término del curso escolar en el que se hayan realizado los libramientos.

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