Convenio específico de cooperación educativa con la UNED para el desarrollo de las prácticas académicas externas curriculares para la obtención del certificado oficial de formación pedagógica y didáctica equivalente, del alumnado residente en Andalucía.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
El Consejero de Educación y Deporte
El Rector Magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia
Duración
El convenio surtirá efectos desde el día de su firma por un plazo de dos años. En cualquier momento, antes de la finalización del plazo previsto, los firmantes del convenio podrán acordar de forma unánime, su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción, de conformidad con el articulo 49.h) de la Ley 40/2015 de l de octubre.

Mediante Adenda de 13 de julio de 2022 se prorroga la vigencia del convenio cuatro años adicionales, hasta el 1 de septiembre de 2026.

Objeto

El objeto del presente Convenio de Cooperación Educativa entre la Consejería de Educación y Deporte, y la Universidad Nacional de Educación a Distancia, es la realización de las prácticas académicas externas curriculares en centros docentes públicos y privados concertados del ámbito de la Consejería, que hayan solicitado participar en el Programa del Prácticum, del alumnado residente en Andalucía que esé cursando los estudios para la obtención del "Certificado oficial de formación pedagógica y didáctica" equivalente a la exigida en el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

Modificaciones

Modificación incluida por la Adenda de 13 de julio de 2022, de prórroga del convenio:

Cláusula Única. Prórroga del Convenio.

La prórroga del Convenio de cooperación entre la Consejería de Educación y Deporte y la UNED, por un periodo de cuatro años adicionales, estableciendo su vigencia hasta el 1 de septiembre de 2026.

Modificación introducida por la Adenda de 15 de octubre de 2024:

En virtud de la cláusula primera de esta adenda se modifica la cláusula tercera del convenio; y en virtud de la cláusula segunda de la adenda se modifica la cláusula sexta del convenio.

Obligaciones económicas

No conlleva obligaciones económicas para ninguna de las partes.

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