Acuerdo administrativo , en desarrollo del acuerdo marco entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Francesa, para favorecer la colaboración entre ambos en materia de programas educativos, lingüísticos y de formación profesional.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
Consejero de Educación y Deporte.
Consejera de Cooperación y de Acción Cultural de la Embajada de Francia en España
Duración
El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y tendrá una duración de cuatro años pudiéndose prorrogar por otros cuatro por mutuo acuerdo de ambas partes a la luz del informe que emita la comisión técnica de seguimiento, acordándose por escrito un mes antes de que expire.

Objeto

El presente Acuerdo Administrativo tiene por objeto regular un marco estable de colaboración entre la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía y el Servicio de Cooperación y Acción Cultural de la Embajada de Francia en España, en materia de programas educativos, lingüísticos y de Formación Profesional para el desarrollo de las actuaciones objeto del mismo.

Modificaciones

El presente Acuerdo podrá ser modificado por conformidad de ambas partes manifestado por escrito, justificando los motivos que aconsejan dicha modificación que, en todo caso,  deberá ser informada por el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía.

Obligaciones económicas

El presente Acuerdo no implica obligación económica alguna para las partes firmantes.

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