Convenio de colaboración entre la Consejería de Educación, Cultura y Deporte y la empresa Cosentino S.A. para la implantación de un sistema de becas para la realización de prácticas en empresas del alumnado titulado en formación profeisonal.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
Consejería de Educación, Cultura y Deporte.
Empresa Cosentino S.A.
Duración
El presente Convenio se establece para los cursos académicos 2013/2014, 2014/2015, 2015/2016 y 2016/2017, tendrá vigencia entre el 1 de septiembre de 2013 y finalizará el 31 de agosto de 2017, pudiendo prorrogarse de forma expresa por períodos anuales salvo denuncia por alguna de las partes, comunicada por escrito con un mínimo de seis meses de antelación.

Objeto

Establecer la colaboración, mediante la implantación de un sistema de ayudas económicas de una duración entre seis y doce meses, en el campo de la Formación Profesional del sistema educativo entra la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía y la Empresa Cosentino S.A. para facilitar la especialización laboral de los Titulados Técnicos y Técnicos Superiores en Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Modificaciones

En fecha 17/02/2014 se suscribió Adenda al Convenio, siendo el objeto de la misma la modificación del convenio en los siguientes términos:

1.- Modificación del apartado octavo del expositivo al objeto de ampliar las instalaciones de la empresa a cuyos puestos de trabajo se aumenta la especialización mediante la implantación del sistema de becas.

2.- Modificación de la cláusula primera del convenio, ampliando los títulos y el ámbito geográfico.

3.- Modificación del apartado b) de la cláusula novena del convenio, ampliando las funciones de la Comisión de Seguimiento del convenio.

Obligaciones económicas

Consejería de Educación, Cultura y Deporte: las prácticas objeto de este sistema de becas no suponen coste alguno para la Consejería (cláusula tercera).

Empresa Cosentino S.A.: las personas beneficiarias de la ayuda económica para la realización de las prácticas recibirán de la empresa una beca de apoyo cuya cuantía será, como mínimo, del 80 por ciento del IPREM mensual en cada momento (clausulas cuarta y quinta).

Índice