Calendario laboral y fiestas locales

Fiestas laborales - 2025

A continuación se detalla el calendario de fiestas laborales para el año 2025:

  • 1 de enero (miércoles): Año Nuevo
  • 6 de enero (lunes): Epifanía del Señor
  • 28 de febrero (viernes): Día de Andalucía
  • 17 de abril (jueves): Jueves Santo
  • 18 de abril (viernes): Viernes Santo
  • 1 de mayo (jueves): Fiesta del trabajo
  • 15 de agosto (viernes): Festividad de Asunción de la Virgen
  • 13 de octubre (lunes): Fiesta Nacional de España
  • 1 de noviembre (sábado): Fiesta de Todos los Santos
  • 6 de diciembre (sábado): Día de la Constitución Española
  • 8 de diciembre (lunes): Inmaculada Concepción
  • 25 de diciembre (jueves): Natividad del Señor

Consulta el Decreto 99/2024, de 21 de mayo, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025.

Años anteriores

Fiestas locales - 2025

Consulta la relación de fiestas locales en los respectivos municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

  • Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se publica la relación de fiestas locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025
  • Corrección de errores de la Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se publica la relación de fiestas locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025
  • Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se modifica la Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se publica la relación de fiestas locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025

Consulta el Calendario de fiestas locales de Andalucía 2025 - Datos abiertos.

Años anteriores

Calendario de días inhábiles

Los días inhábiles son aquellos que la ley considera no aptos para el cómputo de plazos administrativos, por lo que quedan excluidos de los trámites y actos administrativos.

En Andalucía, los días inhábiles a efectos de plazos administrativos en toda la comunidad se publican a través de una orden de la Consejería competente en materia de administración pública, tras la publicación del Decreto que aprueba el calendario de fiestas laborales de cada año en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Además, los dos días designados como festivos locales por cada municipio andaluz serán igualmente considerados inhábiles, según lo establezca la Consejería competente en materia de empleo de la Junta de Andalucía.