Soy una empresa o entidad de formación

Los centros y entidades de formación, públicas y privadas que imparten formación profesional para el empleo, son aquellos que se encuentran inscritos en el Registro de Centros y Entidades Colaboradoras en materia de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía, en cualquiera de las especialidades incluidas en el Fichero Andaluz de Especialidades Formativas de FPE.

Procedimiento para la cotización a la Seguridad Social

La disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en su apartado 1, establece que:

  • “La realización de prácticas formativas en empresas, instituciones o entidades incluidas en programas de formación, así como las prácticas académicas externas conforme a la normativa vigente, implicará la inclusión en el sistema de la Seguridad Social de las personas que las realicen, según los términos de esta disposición”.

Se incluyen en estas prácticas las realizadas por alumnos de formación profesional, siempre que no se desarrollen bajo el régimen de formación profesional intensiva.

En el ámbito de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, esta inclusión en el sistema de la Seguridad Social se aplica exclusivamente a las prácticas formativas correspondientes a acciones de formación profesional reguladas por la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, que organiza e integra la Formación Profesional. Esto abarca tanto los títulos del sistema educativo como la formación profesional de los Grados A, B y C.

Condiciones de las pólizas de seguros de accidentes y responsabilidad civil

La Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, establece las coberturas mínimas que deben incluir las pólizas de seguros de accidentes y responsabilidad civil para las entidades que impartan acciones formativas financiadas por la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. Esta norma se aplica a las formaciones que comiencen a partir del 13 de diciembre de 2024.

Posteriormente, la Resolución de 13 de febrero de 2025 modificó lo anterior, indicando que para las acciones formativas que se inicien a partir del 19 de febrero de 2025, la póliza de seguro de accidentes deberá contratarse solo para el alumnado en periodo de formación en empresa que no esté cubierto por la disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, que aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

En cualquier caso, la póliza debe incluir la cobertura de responsabilidad civil frente a terceros, garantizando la protección contra posibles daños ocasionados por los participantes durante la ejecución de la formación.

Consulta más información sobre la inclusión en el sistema de la seguridad social del alumnado que realice prácticas formativas:

Condiciones de las pólizas de seguros de accidentes y responsabilidad civil

La Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, determina las coberturas mínimas de las pólizas de seguros de accidentes y responsabilidad civil que han de contratar las entidades que impartan acciones formativas financiadas por la Consejería de Empleo Empresa y Trabajo Autónomo que se inicien a partir del 13 de diciembre de 2024.

Esta Resolución ha sido modificada por la Resolución de 13 de febrero de 2025, en la que se recoge que en las acciones formativas que se inicien a partir del 19 de febrero de 2025, la póliza de seguro de accidentes deberá suscribirse, en el caso del periodo de formación en empresa, solo para el alumnado que no se encuentre comprendido en el ámbito de aplicación de la disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. En todo caso, dicha póliza sí deberá incluir la responsabilidad civil frente a terceros, de forma que cubra los daños que con ocasión de la ejecución de la formación se puedan producir por los participantes.

  • Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se determinan las coberturas mínimas de las pólizas de seguros de accidentes y responsabilidad civil que han de contratar las entidades que impartan acciones formativas financiadas por la Consejería de Empleo Empresa y Trabajo Autónomo
  • Resolución de 13 de febrero de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se modifica la Resolución de 5 de diciembre de 2024, por la que se determinan las coberturas mínimas de las pólizas de seguros de accidentes y responsabilidad civil que han de contratar las entidades que impartan acciones formativas financiadas por la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo

Aplicación informática GEFOC

GEFOC constituye el principal aplicativo de Gestión de la Formación Profesional para el Empleo en Andalucía. A través de este aplicativo se tramitan y gestionan los diferentes trámites relacionados con las acciones formativas de Formación Profesional para el Empleo programadas y/o autorizadas por la Junta de Andalucía.

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