Subvenciones para planes de igualdad y conciliación

Los Planes de Igualdad son un instrumento de incorporación de la igualdad entre mujeres y hombres en el funcionamiento y gestión diaria de las empresas. Mediante ellos se fijarán los objetivos de igualdad a alcanzar, así como las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución.

Distintas personas en reunión de empresa y niños jugando en guardería

Con el objetivo de promover la igualdad de oportunidades en el acceso y permanencia en el empleo de mujeres y hombres, así como remover los obstáculos que sobre el empleo pueden producir las responsabilidades de las personas trabajadoras derivadas del ámbito familiar o doméstico y de otras situaciones pertenecientes a dicho ámbito, existe una serie de subvenciones promovidas por la Consejería Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. Así, se establecen mediante la Orden de 5 de octubre de 2020 las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.

Contratación realizada por personas trabajadoras autónomas con hijos o hijas menores de 3 años a su cargo para que trabajen en su actividad económica o profesional

La línea 4 tiene como finalidad promover la contratación realizada por personas trabajadoras autónomas con hijos o hijas menores de tres años a su cargo para que trabajen en su actividad económica y profesional.

Mediante la Resolución de 18 de julio de 2023, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, se convoca, para el año 2023, la concesión de la subvención de la línea 4 reguladas en la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.

Contratación realizada por personas trabajadoras autónomas para su sustitución en distintos supuestos

La línea 5 tiene como finalidad fomentar la contratación realizada por personas trabajadoras autónomas para su sustitución en los supuestos de riesgo durante el embarazo, y en los periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar.

Mediante la Resolución de 18 de julio de 2023, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, se convoca, para el año 2023, la concesión de la subvención de la línea 5 reguladas en la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.

Actividades de información, sensibilización, divulgación y difusión en el ámbito local

La línea 6 tiene como finalidad la de promover la igualdad de oportunidades en el acceso y permanencia en el empleo de mujeres y hombres, así como remover los obstáculos que sobre el empleo pueden producir las responsabilidades de las personas trabajadoras derivadas del ámbito familiar o doméstico y de otras situaciones pertenecientes a dicho ámbito.

Consulta en Boja la Resolución de 6 de junio de 2024 y Extracto, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, se convocan para el año 2024 la subvención correspondientes a la línea 6 reguladas en la Orden de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.

Elaboración de planes de igualdad a empresas con sede social en Andalucía

La línea 7 promueve la elaboración de planes de igualdad en empresas con sede social en Andalucía, independientemente del sector de actividad al que pertenezcan, que cuenten con un mínimo de 10 personas trabajadoras y un máximo de 49. Se entenderá por empresa cualquier modalidad organizativa que realice la contratación de su personal según la normativa vigente.

Mediante la Resolución de 6 de mayo de 2024 y Extracto, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, se convocan para el año 2024 la subvención correspondiente a la línea 7 regulada en la Orden de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.

Actividades en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral en el ámbito local

La línea 8 promueve la igualdad de oportunidades en el acceso y permanencia en el empleo de mujeres y hombres, así como remover los obstáculos que sobre el empleo pueden producir las responsabilidades de las personas trabajadoras derivadas del ámbito familiar o doméstico y de otras situaciones pertenecientes a dicho ámbito, a través de la financiación de los gastos de realización de actividades y la prestación de servicios que faciliten la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

Mediante la Resolución de 6 de mayo de 2024 y Extracto, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, se convocan para el año 2024 la subvención correspondiente a la línea 8 reguladas en la Orden de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.

Actividades en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral a empresas con sede social en Andalucía

La línea 9 promueve la igualdad de oportunidades en el acceso y permanencia en el empleo de mujeres y hombres, así como remover los obstáculos que sobre el empleo pueden producir las responsabilidades de las personas trabajadoras derivadas del ámbito familiar o doméstico y de otras situaciones pertenecientes a dicho ámbito, a través de la financiación de los gastos de realización de actividades que faciliten la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y favorezcan la corresponsabilidad. Además de ello, a través de la realización de actividades de información, divulgación y sensibilización se pretende promover un entorno laboral donde no exista discriminación por razón de sexo, libre de acoso sexual, de acoso por razón de sexo y de cualquier situación de violencia.

Resolución de 10 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se convocan para el año 2024 subvenciones correspondientes a la línea 9 regulada en la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.

Extracto de la resolución de 10 de octubre de 2024

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