Trámites y registros administrativos
Registro de Empresas Acreditadas (REA)
El Registro de Empresas Acreditadas (REA) permite acreditar que las empresas que participan en los procesos de subcontratación en el sector de la construcción, como contratistas o subcontratistas, cuentan con los requisitos de calidad y solvencia exigibles. La tramitación telemática de las solicitudes de inscripción en este registro, variación de datos, renovación, cancelación o expedición de certificaciones, se realizará a través del trámite, Empresas Acreditadas como Contratistas o Subcontratistas del Sector de la Construcción de la Comunidad Autónoma Andaluza: Registro, habilitado por la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (es necesario disponer de un certificado digital).
Registro de Empresas con Riesgo de Amianto (RERA)
El amianto es un contaminante cancerígeno que, por su peligrosidad, es objeto de normativa específica (Real Decreto 396/2006). Toda empresa, antes de comenzar trabajos con amianto, debe estar previamente inscrita en el registro de empresas con riesgo de amianto y tener aprobado por la Administración un plan de trabajo.
Personas delegadas de Prevención
Las personas delegadas de Prevención representan a las personas trabajadoras con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo, según establece la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Relación de empresas sancionadas
Semestralmente, la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral publica la relación de empresas sancionadas en los seis meses anteriores por infracciones muy graves en materia de Prevención de Riesgos Laborales.
Declaración de accidentes de trabajo (Delt@)
Sistema global de comunicaciones para la notificación y el tratamiento de los accidentes de trabajo, dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social.
Memoria Anual de Servicios de Prevención
Los servicios de prevención ajenos (SPA) y los Servicios de Prevención Mancomunados (SPM) deben incluir en la memoria anual las empresas o centros de trabajo, establecida en la Orden 25 de septiembre de 2014 a los que han prestado servicios durante el último periodo con la finalidad de que la Administración de la Junta de Andalucía pueda obtener una información global de los recursos y actuaciones realizadas. Dicha memoria se presenta a través de la aplicación SERPA.
Notificación de la utilización de Agentes Biológicos de los Grupos 2, 3 o 4 (Reglamento Agentes Biológicos)
Están obligadas a realizar esta notificación las empresas que utilicen por primera vez agentes biológicos de los grupos 2, 3 o 4. Asimismo, se notificará previamente la utilización por primera vez de cualquier agente biológico del grupo 4 (no incluido en la primera notificación), así como de cualquier nuevo agente biológico que haya sido asimilado por el empresario al grupo 3. No obstante, a los laboratorios que efectúen servicios de diagnóstico relacionados con agentes biológicos del grupo 4 se les exigirá únicamente la notificación inicial de tal propósito. Se efectuará una nueva notificación siempre que se introduzcan cambios sustanciales en los procesos o procedimientos de trabajo cuyas repercusiones en las condiciones de seguridad y salud invaliden la notificación inicial.