Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Cádiz
Información general
Biografía
Daniel Sánchez Román (Vejer de la Frontera, 1972), es licenciado en Psicología Social y del Trabajo y tiene un máster en Dirección de Recursos Humanos por la Escuela de Negocios de Andalucía. Ha sido consultor en Recursos Humanos en Montaner & Asociados, técnico de Gestión en la Mancomunidad de la Janda y técnico de Inserción de Empleo en el Servicio Andaluz de Empleo.
También fue primer teniente de alcalde y portavoz en el Ayuntamiento de Vejer, así como diputado provincial de Medio Ambiente. Desde 2019 y hasta enero de 2021 estaba a cargo de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca, y Desarrollo Sostenible en Cádiz, y tras la reorganización de las delegaciones ostentó el cargo de delegado territorial de Desarrollo Sostenible.
Funciones
Las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Andalucía ostentan las siguientes funciones y competencias en el ámbito de su provincia:
- La representación ordinaria de las Consejerías cuyos servicios periféricos se encuentran adscritos en la Delegación Territorial y, en su caso, de las agencias adscritas o dependientes de las Consejerías. En el caso de que en una Consejería existan dos Delegaciones Territoriales, las personas titulares de las mismas ostentarán la representación ordinaria de la Consejería en relación con las materias que se le hayan asignado.
- Dirigir, bajo la dependencia funcional de los correspondientes órganos directivos, las unidades administrativas pertenecientes a la Delegación.
- Ejercer la jefatura de todo el personal de la Delegación y las competencias de administración y gestión ordinarias del mismo que expresamente se le deleguen.
- Constituir el cauce ordinario de relación con los servicios centrales de las Consejerías cuyos servicios periféricos se encuentran adscritos a la Delegación Territorial y, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las personas titulares de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, con los órganos periféricos de la Administración General del Estado y las entidades locales de Andalucía en materias de su competencia. En el caso de que en una Consejería existan dos Delegaciones Territoriales, las personas titulares de las mismas ejercerán esta función en relación con las materias que se le hayan asignado.
- Trasladar órdenes e instrucciones en las materias que sean de su competencia a las personas titulares de las Secretarías Generales Provinciales de las Consejerías cuyos servicios periféricos se encuentren adscritos a la Delegación Territorial, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 21.3 de este Decreto.
- El ejercicio de potestades administrativas con respecto a aquellas competencias que tengan atribuidas y, en su caso, respecto a aquellas de los servicios periféricos que tengan adscritos.
- Cuantas otras funciones les sean atribuidas, desconcentradas o delegadas.