Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Huelva
Información general
Biografía
Juan Carlos Duarte nació en el Puerto de la Cruz (Tenerife) en 1971, y es licenciado en Derecho e Ingeniero Técnico Industrial por la Universidad de Huelva, además de Master Executive MBA en dirección empresarial y marketing por ESIC y Gestor Administrativo por el Ministerio de Administraciones Públicas.
En su carrera profesional en el sector privado, ocupó distintos puestos directivos en empresas del sector farmacéutico hasta julio de 2012, cuando fue nombrado alcalde de San Juan del Puerto hasta 2015. Desde ese año ha sido vice portavoz del grupo Popular en la Diputación de Huelva, y en los últimos cinco años portavoz, puesto que compatibiliza con su labor profesional como abogado y como consultor de Doble D Asesores, dedicada al soporte y desarrollo de negocios.
En la Universidad de Huelva ha sido miembro de su Consejo Social y de su Consejo de Gobierno, así como vicedecano de la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Huelva.
Funciones
Las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Andalucía ostentan las siguientes funciones y competencias en el ámbito de su provincia:
- La representación ordinaria de las Consejerías cuyos servicios periféricos se encuentran adscritos en la Delegación Territorial y, en su caso, de las agencias adscritas o dependientes de las Consejerías. En el caso de que en una Consejería existan dos Delegaciones Territoriales, las personas titulares de las mismas ostentarán la representación ordinaria de la Consejería en relación con las materias que se le hayan asignado.
- Dirigir, bajo la dependencia funcional de los correspondientes órganos directivos, las unidades administrativas pertenecientes a la Delegación.
- Ejercer la jefatura de todo el personal de la Delegación y las competencias de administración y gestión ordinarias del mismo que expresamente se le deleguen.
- Constituir el cauce ordinario de relación con los servicios centrales de las Consejerías cuyos servicios periféricos se encuentran adscritos a la Delegación Territorial y, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las personas titulares de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, con los órganos periféricos de la Administración General del Estado y las entidades locales de Andalucía en materias de su competencia. En el caso de que en una Consejería existan dos Delegaciones Territoriales, las personas titulares de las mismas ejercerán esta función en relación con las materias que se le hayan asignado.
- Trasladar órdenes e instrucciones en las materias que sean de su competencia a las personas titulares de las Secretarías Generales Provinciales de las Consejerías cuyos servicios periféricos se encuentren adscritos a la Delegación Territorial, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 21.3 de este Decreto.
- El ejercicio de potestades administrativas con respecto a aquellas competencias que tengan atribuidas y, en su caso, respecto a aquellas de los servicios periféricos que tengan adscritos.
- Cuantas otras funciones les sean atribuidas, desconcentradas o delegadas.