Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Málaga
Información general
Biografía
Natural de Málaga (1959), es licenciada en Filosofía y Ciencias de la Educación, especialidad Psicología por la Universidad de Granada en 1983. Funcionaria de carrera, técnica de gestión de organismos autónomos desde el año 2000. Ha dirigido hasta la actualidad la Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades en Málaga.
Ha sido de forma ininterrumpida Docente en el Servicio Público de Empleo Estatal, SEPE, en las materias de Técnicas de orientación profesional, Habilidades de gestión de equipos humanos, Liderazgo y dirección de equipos, Autocontrol emocional y calidad de vida, Atención al público presencial y telefónica, así como Distrés y Control de estrés.
En su dilatada experiencia profesional en la administración pública ha sido coordinadora de Programas de formación y empleo en la Dirección Provincial del SEPE de Málaga (2000-2014), siendo responsable de la implantación y seguimiento del Programa de fomento de empleo Agrario, PFEA, y de la Formación Profesional para el Empleo en la provincia de Málaga. Desde 2014 hasta su nombramiento como Delegada territorial fue directora del Centro Nacional de Formación 'Hotel Escuela Bellamar' de Marbella.
Funciones
Las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Andalucía ostentan las siguientes funciones y competencias en el ámbito de su provincia:
- La representación ordinaria de las Consejerías cuyos servicios periféricos se encuentran adscritos en la Delegación Territorial y, en su caso, de las agencias adscritas o dependientes de las Consejerías. En el caso de que en una Consejería existan dos Delegaciones Territoriales, las personas titulares de las mismas ostentarán la representación ordinaria de la Consejería en relación con las materias que se le hayan asignado.
- Dirigir, bajo la dependencia funcional de los correspondientes órganos directivos, las unidades administrativas pertenecientes a la Delegación.
- Ejercer la jefatura de todo el personal de la Delegación y las competencias de administración y gestión ordinarias del mismo que expresamente se le deleguen.
- Constituir el cauce ordinario de relación con los servicios centrales de las Consejerías cuyos servicios periféricos se encuentran adscritos a la Delegación Territorial y, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las personas titulares de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, con los órganos periféricos de la Administración General del Estado y las entidades locales de Andalucía en materias de su competencia. En el caso de que en una Consejería existan dos Delegaciones Territoriales, las personas titulares de las mismas ejercerán esta función en relación con las materias que se le hayan asignado.
- Trasladar órdenes e instrucciones en las materias que sean de su competencia a las personas titulares de las Secretarías Generales Provinciales de las Consejerías cuyos servicios periféricos se encuentren adscritos a la Delegación Territorial, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 21.3 de este Decreto.
- El ejercicio de potestades administrativas con respecto a aquellas competencias que tengan atribuidas y, en su caso, respecto a aquellas de los servicios periféricos que tengan adscritos.
- Cuantas otras funciones les sean atribuidas, desconcentradas o delegadas.