Consejo Andaluz de Formación Profesional

Funciones

Funciones:

  1. Coordinar las actuaciones entre la Formación Profesional Inicial y la Formación Profesional para el Empleo en la Comunidad Autónoma Andaluza y en el marco de las políticas nacionales y comunitarias de Formación Profesional.
  2. Informar sobre cualquier asunto que en materia de Formación Profesional le sea sometido por las distintas Consejerías, así como emitir propuestas y recomendaciones sobre dicha materia.
  3. Estudiar, analizar y difundir los aspectos relativos al mercado de trabajo en Andalucía.
  4. Elaborar y proponer objetivos y prioridades que sirvan de base para la elaboración de los programas de Formación Profesional.
  5. Controlar, evaluar y realizar el seguimiento de la ejecución de programas de Formación Profesional.
  6. Efectuar el seguimiento y evaluación de los Planes de Formación Profesional que se implementen en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  7. Elaborar una memoria anual final de las actividades llevadas a cabo en el seno del Consejo.

Composición:

  1. El Consejo Andaluz de Formación Profesional estará constituido por los siguientes miembros:
    • El Presidente.
    • El Vicepresidente.
    • Los Vocales en número de 24 y de acuerdo con la siguiente distribución:
    • 8 en representación de la Administración de la Junta de Andalucía.
    • 8 en representación de las Organizaciones Sindicales.
    • 8 en representación de las Organizaciones Empresariales.
  2. El Consejo estará asistido por un Secretario que actuará con voz y sin voto.
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