Resolución de la D.T. de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Huelva, por la que se conceden subvenciones a PYME para el desarrollo de proyectos de PRL, al amparo de la Resolución de 24 de mayo de 2024
Información general
Resolución de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Huelva, por la que se conceden subvenciones a PYME para el desarrollo de proyectos de PRL en la Comunidad Autónoma de Andalucía, al amparo de la Resolución de 24 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se convocan para el año 2024 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con sujeción a las bases reguladoras establecidas por la Orden de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, de 12 de mayo de 2021.
Se conceden a las personas/entidades solicitantes indicadas en los Anexos A.I y A.II, subvenciones para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con el detalle y la cuantía económica que para cada persona/entidad se indica en dichos Anexos de relación de beneficiarias en la provincia de Huelva para el año 2024, al amparo de la Resolución de convocatoria. El resto de solicitudes no relacionadas en citados anexos se consideran desestimadas.
Conforme a lo dispuesto en los apartados 17 y 24 de los respectivos cuadros resumen de las bases reguladoras, tras la publicación de la presente Resolución de Concesión, se efectuará el abono de la subvención mediante un primer pago correspondiente al 50% del importe total de la cantidad concedida, mediante transferencia bancaria a la cuenta que la persona o entidad solicitante haya indicado, previa acreditación de su titularidad, y con cargo al presupuesto del ejercicio corriente, en las posiciones presupuestarias: G/31C/47300 o G/31C/77100 Ayudas para la prevención, según la línea de subvención del proyecto subvencionado, ostentando este pago la forma de pago en firme con justificación diferida. La cantidad restante se librará, con cargo a las mismas posiciones presupuestarias: G/31C/47300 o G/31C/77100 Ayudas para la prevención, una vez finalizada la actividad o proyecto subvencionado y previa presentación por la entidad beneficiaria de los documentos justificativos que se especifican en el apartado 26 de los mismos cuadros resumen y tras la comprobación técnica y documental de su ejecución.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huelva, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, o potestativamente Recurso de Reposición ante este órgano en el plazo de un mes, contados desde el día siguiente al de la notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.
Vigencia: un mes desde su publicación.