Guías de turismo
Las personas consideradas como guías de turismo son aquellas que desempeñan de manera habitual y retribuída la prestación de servicios de información turística a quienes realicen visitas a los bienes integrantes del Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. Para poder ejercer dicha actividad deben haber sido habilitadas para ello.
La habilitación se puede obtener mediante dos procedimientos:
- Infórmate sobre la habilitación como guía de turismo mediante acceso general
- Consulta el trámite de habilitación como guía de turismo mediante reconocimiento de las cualificaciones profesionales obtenidas en otros Estados miembros de la Unión Europea
También puedes informarte sobre la renovación de la acreditación o la libre prestación del servicio en supuestos de ejercicio temporal u ocasional.
- Información sobre renovación de la acreditación
- Información sobre libre prestación del servicio en supuestos de ejercicio temporal u ocasional
Formularios
Trámite | Con certificado digital |
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Habilitación de guía de turismo | Acceso al trámite |
Renovación o duplicado de credencial de guía | Acceso al trámite |
Comunicación desplazamiento guías | Acceso al trámite |
Para cualquier consulta exclusivamente técnica, tiene a su disposición el siguiente formulario del buzón de información del servicio de oficina virtual.
Normativa
- Decreto 8/2015, de 20 de enero, regulador de guías de turismo de Andalucía, modificado por el Decreto 187/2020, de 17 de noviembre y por el Decreto 114/2023 de 23 de mayo por el que se regulan las empresas de intermediación turística que organicen o comercialicen viajes combinados y las empresas que faciliten servicios de viaje vinculados en Andalucía (PDF 192 KB).
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