Deducción para trabajadores por gastos de defensa jurídica de la relación laboral (Art. 15 ter. Decreto Legislativo 1/2009)
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Última revisión de contenidos: septiembre 2018
Para contribuyentes que contraigan gastos de defensa jurídica en procedimientos judiciales de despido, extinción de contrato o reclamación de cantidades.
Importe de la deducción:
Las cantidades pagadas por dichos gastos, con el límite de 200 euros.
Cumplimentación
Deberá indicar en la ventana de captura de datos la siguiente información:
Las cantidades satisfechas en el período impositivo por los gastos de defensa jurídica de la relación laboral.
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