Centros Comerciales Abiertos
El Centro Comercial Abierto de Andalucía (CCA) se define como un modelo de organización comercial que agrupa a todos los agentes económicos involucrados en el comercio interior dentro de una zona urbana delimitada. Esta área, con una tradición comercial, tiene una imagen y estrategia propias de manera constante. Los CCA comparten una visión integral de oferta comercial, servicios, cultura y ocio, y operan bajo una única unidad de gestión y comercialización.
La competencia de gestión corresponde a la Dirección General de Comercio.
Requisitos
Varía según la tipología de Centro Comercial Abierto. Aunque en líneas generales son los siguientes:
- Número mínimo de establecimientos comerciales físicos asociados: Contar con un número mínimo de establecimientos comerciales físicos asociados de 30.
- Ubicación territorial: Situarse en un área urbana delimitada.
- Representatividad: Tener una representatividad mínima del 30%.
- Gestión profesional: Ser gestionada de forma profesional.
- Estrategia compartida: Contar con una estrategia común dirigida a un público objetivo.
- Viabilidad económico-financiera: Demostrar viabilidad económico-financiera.
- Colaboración público-privada: Basarse en la colaboración público-privada.
- Imagen comercial única: Tener una imagen comercial única.
- Acreditar el cumplimiento de al menos 10 de los elementos de valoración.
Normativa
- Orden de 1 de julio de 2025, por la que se establece la regulación del procedimiento para la obtención del reconocimiento como Centro Comercial Abierto de Andalucía.
Más información
- Centro Comercial Abierto: Reconocimiento
- Listado de Centros Comerciales Abiertos reconocidos, actualizado a 24/02/2021 (pdf)
- Subvenciones para promover la cooperación del sector comercial andaluz, el impulso del asociacionismo, la creación y consolidación de los Centros Comerciales Abiertos (Modalidad ASC-CCA)
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