Subvenciones en materia de Formación Profesional para el Empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas 2016

Serán objeto de Subvenciones en materia de Formación Profesional para el Empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas las acciones formativas en la modalidad presencial especificadas en el Anexo XI Especialidades Formativas Programables. Las entidades solicitantes presentarán para su financiación un proyecto de programación formativa por cada provincia en la que desee participar, que contemplará todas las acciones formativas a las que concurran en dicha provincia.

Podrán solicitar las subvenciones previstas en la presente convocatoria las entidades de formación, públicas o privadas, acreditadas y/o inscritas, a fecha de publicación de esta convocatoria, en el correspondiente Registro de Centros y Entidades colaboradoras de Formación Profesional para el Empleo de Andalucía, conforme a lo previsto en el apartado 4 del Cuadro Resumen de las bases reguladoras.

  • Plazo de presentación de solicitudes: del 3 de septiembre al 20 de septiembre de 2016 (plazo ampliado).
  • Lugar de presentación de solicitudes: a través de la Oficina Virtual GEFOC

Para acceder al Portal de la Oficina Virtual - GEFOC Entidades es necesario disponer de usuario y contraseña. Para ello, las entidades que no dispongan de dichas claves, deben solicitarlas remitiendo la solicitud de alta a cualquier Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades en la que la entidad cuente con un Centro Formativo acreditado.

Es imprescindible que la entidad/centro de formación se encuentre inscrito y/o acreditada en el Registro de centros antes de solicitar las claves de acceso.

Órganos a los que se dirige la solicitud: Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades donde radique el centro de formación.

Notas informativas

  • Para conocimiento de todas las entidades que hayan resultado beneficiarias en la presente convocatoria informar que:
    • Por parte de esta Dirección General se ha emitido un informe que concluye con el siguiente contenido:
      • "Se considera necesario desde esta Dirección General, la modificación del plazo para el inicio de la ejecución de la programación aprobada, que se efectuará a partir del 1 de septiembre de 2017. Asimismo, y debido a los mismos motivos expresados en el presente informe, procede la ampliación del plazo de ejecución de las acciones formativas programadas, en los casos en los que las entidades lo soliciten y resulte debidamente motivado, hasta el 30 de septiembre de 2018."
  • 20/09/2018: Para conocimiento de todas las entidades que hayan resultado beneficiarias en la presente convocatoria se informa que:
    • En GEFOC Entidades se encuentra disponible el nuevo módulo de justificaciones, al objeto de que se gestione desde este aplicativo. Para ello, podrán seguir las indicaciones recogidas en una Guía rápida.
    • Esta guía puede descargarse desde GEFOC, como documento adjunto en la sección de noticias, o bien en el apartado “Manuales de Ayuda”.
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