Servicios de apoyo a la negociación
El Consejo Andaluz de Relaciones Laborales tiene encomendada la tarea de facilitar, dentro del respeto al principio de autonomía colectiva, la negociación colectiva entre organizaciones empresariales y sindicales, mediante apoyos materiales y personales que posibiliten los más altos niveles de diálogo y entendimiento.
En desarrollo de esta tarea, y con el ánimo de facilitar y apoyar el trabajo de las personas que actúan en procedimientos de negociación colectiva, ponemos a disposición de las mesas de negociación sectorial y de convenios colectivos de empresa con más de 250 trabajadores, las salas de que dispone este Consejo en cada una de sus sedes provinciales, así como la posibilidad de designar la presidencia de estas comisiones negociadoras.
Reserva de salas
La reserva de salas para la negociación colectiva se llevará a cabo mediante solicitud conjunta de las partes que conformen la comisión negociadora. El uso de la salas estará condicionado a la disponibilidad de las mismas, siendo prioritario su uso para las mediaciones del SERCLA.
Una vez rellena la solicitud puede enviarla al siguiente correo: servicionegociacion.carl.ceeta@juntadeandalucia.es
Presidencia de comisiones negociadoras de convenios colectivos
La designación de presidencia de comisiones negociadoras de convenios colectivos sectoriales, así como de convenios de empresa de más de 250 trabajadores, se llevará a cabo mediante solicitud conjunta de las partes que conformen la comisión negociadora, presentada a través de la ventanilla electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía y dirigida al Consejo Andaluz de Relaciones laborales:
- Solicitud conjunta de presidencia de Comisión Negociadora (pdf)
- Normas de funcionamiento interno del servicio de presidencias de convenios colectivos (pdf)
- Acuerdo de la Comisión Permanente del CARL sobre asignación económica a percibir por el ejercicio de la función de presidencia de mesas negociadoras (pdf)
- Colegio de Presidencias de Convenios Colectivos del CARL (pdf)
Plan de Apoyo a la Negociación Colectiva Andaluza
El Pleno del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales (CARL) aprobó el 3 de julio de 2023 el II Plan de Apoyo a la Negociación Colectiva Andaluza (II PANC 2023-2025), una medida incluida en el Pacto Social y Económico para el Impulso de Andalucía firmado en marzo de 2023, y que cuenta con 7 objetivos estratégicos, 14 objetivos operativos y 77 medidas de apoyo, de cara a fortalecer y agilizar la negociación de los convenios colectivos.
- Plan de Apoyo a la Negociación Colectiva Andaluza (pdf)
- Acuerdo de 20 de marzo de 2024 del Pleno del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales por el que se constituye la Comisión de trabajo para el desarrollo de recomendaciones, cláusulas tipo y buenas prácticas para la negociación colectiva (pdf)
Cátedra de Negociación Colectiva y Relaciones Laborales de Andalucía
La Cátedra de Negociación Colectiva y Relaciones Laborales de Andalucía nace con el objetivo de dar un impulso a la negociación colectiva en Andalucía, mediante actividades de formación especializada de negociadores de convenios colectivos y actividades de investigación y debate sobre la negociación colectiva. La cátedra se crea en el marco del II Plan de Apoyo a la Negociación Colectiva de Andalucía (II PANC 2023-2025) del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales (CARL) y el convenio de colaboración entre la Universidad Internacional de Andalucía y la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.
Consulta sobre Convenio colectivo aplicable
El Consejo Andaluz de Relaciones Laborales como órgano de la Comunidad Autónoma de Andalucía con competencia para elaborar dictámenes, estudios o estadísticas en materia de relaciones de trabajo, (artículo 3 de la Ley 4/1983, de 27 de junio, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales), viene desarrollando, a través de sus servicios administrativos, una tarea de estudio técnico sobre el convenio colectivo aplicable en los supuestos de duda. Esta tarea se viene realizando con base exclusiva en los datos e información suministrada por la parte que formula la consulta, no teniendo carácter vinculante, de acuerdo con las competencias atribuidas a este órgano por la mencionada Ley 4/1983, de 27 de junio. La información que se facilita no tiene carácter de dictamen, ya que no cumple los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley de 4/1983, de 27 de junio, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales.
Las personas interesadas pueden dirigir su consulta al correo electrónico del Servicio de Negociación Colectiva del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales: servicionegociacion.carl.ceeta@juntadeandalucia.es , indicando la actividad principal o de mayor preponderancia económica desarrollada por la empresa de la que se desea conocer el convenio colectivo de aplicación, así como la provincia andaluza donde radica el centro de trabajo; la respuesta a la consulta le será remitida por correo electrónico, a la mayor brevedad posible.