Sanciones impuestas por Infracciones muy graves en materia de Prevención de Riesgos Laborales

Regulación

En relación con el artículo 40.2 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, así como en el artículo 2 del Real Decreto 597/2007, 4 de mayo (B.O.E. de 5 de mayo de 2007), sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales y en la Orden de 7 de febrero de 2008, sobre publicación de las Sanciones por Infracciones muy graves en materia de Prevención de Riesgos Laborales, se establece la obligatoriedad de hacer públicas, una vez firmes, las sanciones impuestas en dicha materia por infracciones muy graves.

Normativa

Registro Sanciones impuestas

Safcom Prevención, S.L

  • CIF: B56072895.
  • Sector de actividad: Actividades de medicina general.
  • Domicilio social: Avda. de María Auxiliadora, 42, 14700 Palma del Río (Córdoba).
  • Infracción cometida: Ejercer sus actividades las entidades especializadas que actúen como servicios de prevención ajenos a las empresas, las personas o entidades que desarrollen la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas o las que desarrollen y certifiquen la formación en materia de prevención de riesgos laborales, sin contar con la preceptiva acreditación o autorización, cuando ésta hubiera sido suspendida o extinguida, cuando hubiera caducado la autorización provisional, así como cuando se excedan en su actuación del alcance de la misma. Dicha infracción está tipificada y calificada preceptivamente como muy grave en el artículo 13.11 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
  • Expediente n.º 503/2022/S/DGS/4
  • Sanción impuesta: Muy grave, en grado mínimo.
  • Importe: 49.181 € (a petición del sujeto responsable se aplica 40% de reducción en base al reconocimiento de responsabilidad así como al efectivo pago voluntario de la sanción con carácter previo a la resolución habiendo sido abonado 29.508,60 €).
  • Fecha de extensión del acta de infracción: 17 de enero de 2022
  • Fecha de la adquisición de firmeza de la sanción: 19 de abril de 2022
  • BOJA: Resolución de 9 de octubre de 2022

Arteixo Telecom, S.A

  • CIF: A15571128.
  • Sector de actividad: Instalación de máquinas y equipos industriales
  • Domicilio social: Polígono Penapurreira B1-B2, 15320 As Pontes de García Rodríguez (A Coruña).
  • Infracción cometida: No adoptar cualesquiera otras medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo en ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales de las que se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de las personas trabajadoras. Dicha infracción está tipificada y calificada como muy grave en el artículo 13.10 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
  • Expediente núm. 2833/2017/S/DGS/13.
  • Sanción impuesta: Muy grave, en grado mínimo.
  • Importe: 40.986,00 €.
  • Fecha de extensión del acta de infracción: 4 de septiembre de 2017.
  • Fecha de la adquisición de firmeza de la sanción: 4 de julio de 2022.
  • BOJA: Resolución de 9 de octubre de 2022

Fugaexpert, S.L

  • CIF: B91851923.
  • Sector de actividad: Construcción de Edificios Residenciales.
  • Domicilio social: Calle San Marino 13, piso 3, puerta A, 41089, Quinto (Sevilla).
  • Infracción cometida: No adopción de las medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo de las personas trabajadoras que ocupan el puesto de trabajo desempeñado, en ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, de las que se deriva un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de las personas trabajadoras. Dicha infracción está tipificada y calificada preceptivamente como muy grave en el artículo 5.2 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
  • Expediente núm. 2297/2020/S/DGS/11.
  • Sanción impuesta: Muy grave, en grado mínimo.
  • Fecha de extensión del acta de infracción: 14 de febrero de 2020.
  • Fecha de la adquisición de firmeza de la sanción: 6 de enero de 2021.
  • BOJA: Resolución de 17 de junio de 2021

Juan Miguel Martínez Giménez, S.L

  • CIF: B21417324.
  • Sector de actividad: Construcción de edificios no residenciales CNAE 4122.
  • Domicilio social: Calle San Juan, 14. La Palma del Condado (Huelva).
  • Infracción cometida: No adopción de las medidas preventivas a las condiciones de trabajo, en ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales de las que se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de las personas trabajadoras. Dicha infracción está tipificada y calificada preceptivamente como muy grave en el artículo 13.10 de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
  • Expediente núm. 1023/2012/S/DGS/3.
  • Sanción impuesta: Muy grave, en grado mínimo con agravantes en la cuantía de 60.000 euros.
  • Fecha de extensión del acta de infracción: 20 de febrero de 2012.
  • Fecha de la adquisición de firmeza de la sanción: 2 de septiembre de 2019.
  • BOJA: Resolución de 25 de octubre de 2019

Sánchez Romero Carvajal Jabugo, S.A

  • Sector de actividad: Procesados y Conservación de carne, CNAE 1011.
  • CIF/NIF: A41030446.
  • Domicilio social: Carretera San Juan del Puerto, s/n.
  • Infracción cometida: No adoptar cualesquiera otras medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo en ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales de las que se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de las personas trabajadoras. Dicha infracción está tipificada y calificada preceptivamente como muy grave en el artículo 13.10 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
  • Sanción impuesta: Muy grave, mínimo 40.986 euros.
  • Fecha de extensión del acta de infracción: 17 de julio de 2015.
  • Fecha de notificación a la autoridad laboral de la adquisición de firmeza de la sanción: 3 de septiembre de 2019.
  • BOJA: Resolución de 24 de septiembre de 2019

Hintes Oil Europa, S.L

  • Sector de actividad: Fabricación de otros productos básicos de química orgánica, CNAE 2014.
  • CIF/NIF: B04792925.
  • Domicilio social: Calle Minero 2, piso 1, Almería.
  • Infracción cometida: No adoptar el empresario titular del centro de trabajo las medidas necesarias para garantizar que aquellos otros que desarrollan actividades en el mismo reciban la información y las instrucciones adecuadas en la forma y con el contenido y alcance establecidos en la normativa de prevención de riesgos laborales, sobre los riesgos y las medidas de protección, prevención y emergencia cuando se trate de actividades reglamentariamente consideradas como peligrosas o con riesgos especiales. Dicha infracción está tipificada y calificada preceptivamente como muy grave en el artículo 13.8.a) de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000 de 4 de agosto.
  • Sanción impuesta: Muy grave, en grado mínimo 40.986 euros.
  • Fecha de extensión del acta de infracción: 10 de marzo de 2016.
  • Fecha de la adquisición de firmeza de la sanción: 18 de julio de 2019.
  • BOJA: Resolución de 13 de septiembre de 2019

Euromedical Asistencia, S.L

  • Sector de actividad: Otras actividades sanitarias, CNAE 8690.
  • CIF/NIF: B91397919.
  • Domicilio social: C/ Asunción, núm. 32, 1.º A. CP: 41.011, Sevilla.
  • Infracción cometida: Actuaciones en materia de vigilancia de la salud de las personas trabajadoras de empresas y formación en prevención de riesgos laborales sin contar con la correspondiente acreditación para actuar como servicio de prevención ajeno. Dicha infracción está tipificada y calificada preceptivamente como muy grave en el artículo 13.11 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
  • Expediente núm.: 421/2016/S/DGS/4.
  • Sanción impuesta: Muy grave, mínimo 40.986 euros.
  • Fecha de extensión del acta de infracción: 15 de enero de 2016.
  • Fecha de notificación de la adquisición de firmeza de la sanción: 19 de julio de 2019.
  • BOJA: Resolución 1 de agosto de 2019

Jocatrans Hormigones, S.L.

  • Sector de actividad: Adquisición, explotación y venta de bienes muebles e inmuebles, CNAE 6810.
  • CIF/NIF: B04462545.
  • Domicilio social: Avenida de Roquetas de Mar, núm. 120. Roquetas de Mar. 04740 Almería.
  • Infracción cometida: La no adopción de medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo en ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales de las que se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de las personas trabajadoras. Dicha infracción está tipificada y calificada preceptivamente como muy grave en el artículo 13.10 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
  • Sanción impuesta: Muy grave, mínimo 40.986 euros.
  • Fecha de extensión del acta de infracción: 18 de julio de 2011.
  • Fecha de notificación de la adquisición de firmeza de la sanción: 4 de julio de 2019.
  • BOJA: Resolución de 31 de julio de 2019

GOBARSEGUR, S.L

  • Sector de actividad: Actividades de medicina general, CNAE 8621.
  • CIF/NIF: B92443498.
  • Domicilio social: Calle Victoria, 37, 4ªB, Málaga.
  • Infracción cometida: Actuaciones en materia de vigilancia de la salud de las personas trabajadoras de empresas y formación en prevención de riesgos laborales sin contar con la correspondiente acreditación para actuar como servicio de prevención ajeno. Dicha infracción está tipificada y calificada preceptivamente como muy grave en el artículo 13.11 del Real Decreto Legislativo 5/2000 de 4 de agosto.
  • Sanción impuesta: Muy grave, mínimo 40.986 euros.
  • Fecha de extensión del acta de infracción: 29 de junio de 2016.
  • Fecha de notificación a la autoridad laboral de la adquisición de firmeza de la sanción: 8 de julio de 2019.
  • BOJA: Resolución de 13 de julio de 2019.
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