Consejera
Información general
Biografía
Nacida en Córdoba en 1966, Rocío Blanco se incorporó al Gobierno andaluz en 2019 como consejera de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. Licenciada en Derecho en la Universidad de su ciudad natal, en 1993 entró en el Cuerpo de Inspectores de Trabajo. En 1997 fue nombrada directora provincial del Instituto Social de la Marina en Málaga, cargo que ocupó durante quince años.
En 2012 asumió la dirección en la capital malagueña de la Tesorería General de la Seguridad Social con el fin de gestionar, entre otros retos, el proceso de regularización de empleadas del hogar. Tres años más tarde se le entregó la Cruz al Mérito Policial por la labor realizada en la lucha contra el fraude.
Funciones
De conformidad con lo establecido en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, corresponden a la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía sobre las siguientes materias:
- La coordinación y el impulso del servicio de empleo de ámbito autonómico, con especial atención a la orientación e intermediación laboral atribuidas por el artículo 3 de la Ley 4/2002, de 16 de diciembre, de creación del Servicio Andaluz de Empleo, y en particular:
- La intermediación laboral, la orientación de las personas demandantes de empleo y la dinamización de la oferta de empleo facilitando el ajuste entre la oferta y la demanda.
- La atención a las necesidades específicas de cada territorio en coordinación con las Administraciones Locales, en especial el seguimiento del Programa de Fomento del Empleo Agrario.
- La ejecución y coordinación de las acciones derivadas de la Estrategia Europea de Empleo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como, la participación en los programas e iniciativas comunitarias relativos a materias que son competencia de esta Consejería.
- Las relaciones laborales en sus vertientes individuales y colectivas, sin perjuicio de las competencias que corresponden a la Consejería competente en materia de Administración Pública en relación con el personal al servicio de la Admi
- Atribuidas a la Autoridad Laboral en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con excepción de la determinación de servicios mínimos en el supuesto de personal laboral o estatutario de empresas, entidades o instituciones públicas o privadas que presten un servicio esencial a la comunidad en el sector sanitario.
- La prevención de riesgos laborales, la seguridad y salud en el trabajo, promoviendo la cultura preventiva y la realización de las acciones que, combatiendo la siniestralidad laboral, garanticen la salud de las personas trabajadoras.
- Las políticas favorecedoras de la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral, sin perjuicio de las competencias que, en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, correspondan a otra Consejería; promoviendo la mejora de la empleabilidad de las mujeres y de colectivos con especiales dificultades, su seguridad y salud en el trabajo, así como la promoción de la igualdad en el marco de la negociación colectiva.
- Las competencias funcionales sobre la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en materia de empleo, relaciones laborales y prevención de riesgos laborales, asignadas a la Administración de la Junta de Andalucía.
- Las competencias en materia de formación profesional para el empleo.
- El fomento y la promoción del trabajo autónomo y del autoempleo.
- La economía social y, en especial, las cooperativas y las sociedades laborales.
- El fomento de las capacidades de las empresas andaluzas, contribuyendo a la mejora de su competitividad y de sus posibilidades de crecimiento mediante la gestión de las correspondientes ayudas de carácter transversal, sin perjuicio de las competencias de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación.
- El fomento de las políticas de incentivos para el empleo, de su calidad y estabilidad.
- La promoción y el desarrollo del empleo local, atendiendo a las necesidades específicas de cada territorio y en coordinación con las Administraciones Locales.
- Las competencias relativas al comercio y a la artesanía, mediante la planificación, la ordenación, la promoción y el desarrollo de dichas materias.