Comisión técnica de accesibilidad
COMISIÓN TÉCNICA DE ACCESIBILIDAD EN LAS INFRAESTRUCTURAS, EL URBANISMO, LA EDIFICACIÓN Y EL TRANSPORTE EN ANDALUCÍA
El Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regulas las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el trasnporte en Andalucía, crea la Comisión Técnica de Accesibilidad, adscrita a la Consejería competente en materia de integración social de las personas con discapacidad, como órgano colegiado de asesoramiento técnico de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de accesibilidad.
La Comisión Técnica tiene atribuidas las siguientes funciones:
a) Asesorar a las entidades o personas especialmente obligadas al cumplimiento del Reglamento en cuantas cuestiones y dificultades interpretativas puedan plantearse al respecto.
b) Estudiar y recoger los avances de la técnica y las sugerencias recibidas como consecuencia de la aplicación del Reglamento y sus disposiciones de desarrollo, proponiendo, a su vez, la adopción de cuantas medidas fueran necesarias para lograr la finalidad que persigue.
c) Elaborar una memoria anual de seguimiento del Decreto 293/2009, de 7 de julio, para lo que podrá requerir la información necesaria a las Administraciones Públicas competentes por razón de la materia.
d) Cuantas otras funciones le sean atribuidas.
La Comisión Técnica está integrada por la Presidencia y cinco vocalías, de las cuales, tres serán representantes de las Consejerías con competencias en materia de integración social de las personas con discapacidad, en materia de vivienda, arquitectura, urbanismo y en materia de transportes, designadas por la persona titular de la Consejería competente por razón de la materia, debiendo ostentar la condición de personal funcionario de la Administración de la Junta de Andalucía y desempeñar, al menos, el cargo de jefatura de servicio.
La cuarta vocalía representará a los gobiernos locales, siendo designada por la Asociación de Municipios y Provincias de carácter autonómico con mayor implantación. Desde la constitución de la comisión, esta vocalía está cubierta por la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP).
La quinta vocalía será designada por la Presidencia del órgano en función de la materia de que se trate. Y desde el primer momento, por decisión de la Presidencia, esta vocalía está cubierta, con carácter indefinido, por el CERMI-Andalucía.
La composición de la Comisión Técnica deberá respetar una representación equilibrada de mujeres y hombres en los términos previstos en el artículo 11 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
Ostentará la Presidencia de la Cómisión Técnica la persona titular del centro directivo con competencia en la integración social de personas con discapacidad de la Consejería que tenga atribuida esa materia.
Las consultas de la comisión pueden dirigirse a la siguiente dirección:
Dirección General de Personas con Discapacidad
Avenida de Hytasa, 14
C.P.41071. SEVILLA
O bien por correo electrónico a: accesibilidad.cipsc@juntadeandalucia.es