Bono Carestía
¿Qué es?
Una ayuda destinada a apoyar a las unidades familiares con menores a cargo, afectadas por la sobrecarga que supone el incremento de precios generalizado de los productos y suministros.
¿Cuál es la cuantía?
La cuantía será de 200€ y se abonará en un único pago mediante transferencia bancaria.
¿Cómo se solicita?
La solicitud se presentará a través de medios electrónicos, en el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía, a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios.
¿Dónde me pueden resolver mis dudas sobre cómo presentar la solicitud?
Podrán asesorarle:
Llamando al teléfono 955 012 012
o mediante el formulario.
¿Quién puede ser persona beneficiaria?
Podrán ser personas beneficiarias del Bono Carestía, aquellas personas físicas que teniendo al menos una persona menor a cargo, cumplan los siguientes requisitos:
- Que la suma de los ingresos del año 2022 de todas las personas que componen su unidad familiar, entendiéndose por esta a quienes residen en el mismo domicilio, sean inferiores a 3 veces el IPREM anual ( inferior a 21.600 euros).
- Que la persona solicitante y el resto de personas empadronadas en su domicilio gocen de vecindad administrativa andaluza.
- Que la unidad familiar a la que pertenezca la persona solicitante cuente al menos con una persona menor de 18 años sobre la que ostente la guarda y custodia y se encuentre empadronado en el mismo domicilio.
¿Cuándo se puede presentar la solicitud?
El plazo de presentación de solicitudes se abrirá a las 9:00h del día 11 de abril, y concluirá el 28 de mayo de 2024 a las 15:00h.
Documentos de Ayuda
- Folleto Informativo.
- Guía para solicitar el Bono Carestía.
- Preguntas frecuentes bases reguladoras.
- Preguntas frecuentes presentación telemática.
- Guía para subsanar requerimientos de Bono Carestía.