Sistema Público de Servicios Sociales en Andalucía
¿Qué es el Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía?
El Sistema Público de Servicios Sociales es el conjunto de servicios, recursos y prestaciones de las Administraciones Públicas de Andalucía orientados a garantizar el derecho de todas las personas en Andalucía a la protección social, la promoción social y la prevención, en los términos recogidos en el Estatuto de Autonomía para Andalucía, en la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía y en el resto de la normativa vigente en la materia
El Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía estará integrado por:
-
El conjunto de servicios, recursos y prestaciones que se ofrecen desde la Consejería competente en materia de servicios sociales de la Junta de Andalucía y, en su caso, su ente instrumental.
-
El conjunto de servicios, recursos y prestaciones que se ofrecen desde las entidades locales de Andalucía, y, en su caso, desde sus entes instrumentales.
-
Y, en general, todos aquellos servicios, recursos y prestaciones de titularidad privada que ofrezcan sus servicios a la ciudadanía bajo cualquier forma de contrato con la Administración de la Junta de Andalucía, con las entidades locales o con cualquiera de sus entidades instrumentales.
La superior dirección y coordinación de todas las actuaciones, servicios, recursos y prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía corresponderá a la Consejería competente en materia de servicios sociales, que garantizará la adecuada integración y la coordinación de los mismos en orden a posibilitar la igualdad efectiva en el acceso al sistema.
¿Cuál es la estructura básica del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía?
El Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía, como establece la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía , se articula funcionalmente en una red de prestaciones, servicios y recursos, estructurada en dos niveles de atención coordinados y complementarios entre sí:
a) Nivel primario de servicios sociales, en el que se ubican los servicios sociales comunitarios, que se prestan a la población desde los centros de servicios sociales comunitarios y mediante los equipos profesionales de los mismos.
b) Nivel especializado de servicios sociales, en el que se ubican los servicios sociales especializados, que integran todos aquellos centros y servicios sociales que sobre la base de criterios de mayor complejidad requieren una especialización técnica concreta o una disposición de recursos determinada.
Reglamentariamente se establecerán las prestaciones, servicios y recursos que integran el nivel primario y el nivel especializado de servicios sociales, que vendrán dados por el despliegue que se establezca en el Mapa de Servicios Sociales de Andalucía.
En cada uno de estos niveles de atención se establecerán protocolos específicos para la prevención y atención de situaciones de necesidad, así como de las situaciones de urgencia y emergencia social que puedan presentarse.
¿Cuáles son las Prestaciones Básicas del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía?
Según la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía se consideran prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía las actuaciones concretas y personalizadas que se ofrecen a las personas o unidades de convivencia, o programas de intervención comunitaria, en atención a sus necesidades de intervención, transformación social y prevención.
Estas prestaciones se clasifican en :
a) Prestaciones de servicios: las actividades realizadas por equipos profesionales, orientadas al logro de los objetivos de la política de servicios sociales de Andalucía, de acuerdo con las necesidades de las personas, unidades de convivencia, grupos y comunidades.
Las prestaciones de servicios sociales podrán incluir ayudas instrumentales o soluciones tecnológicas de apoyo al desarrollo del Proyecto de Intervención Social. También pueden incluir programas de intervención comunitaria.
b)Prestaciones económicas las entregas dinerarias de carácter puntual o periódico concedidas a personas o unidades de convivencia orientadas al logro de los objetivos de la política de servicios sociales de Andalucía o que contribuyan al logro de las finalidades compartidas con otros sistemas o políticas públicas.
El Catálogo de Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales es el instrumento que determinará el conjunto de prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía.
¿Qué son los Servicios Sociales Comunitarios?
Según la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, los servicios sociales comunitarios, de titularidad y gestión pública, constituyen la estructura básica del nivel primario de servicios sociales.
La organización y gestión de estos servicios y sus centros corresponde a las entidades locales de cada territorio, de ámbito municipal o supramunicipal, en el marco de la planificación autonómica y en el ejercicio de las competencias propias en materia de servicios sociales que les atribuyen el Estatuto de Autonomía de Andalucía y la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.
Los Servicios Sociales Comunitarios se configuran como el primer nivel de referencia para:
-
La valoración de las necesidades.
-
La planificación, la intervención, tratamiento, seguimiento, evaluación de la atención y coordinación con otros agentes institucionales del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía, garantizando la universalidad en el acceso al mismo y su proximidad a las personas usuarias, familias, unidades de convivencia y grupos de la comunidad.
-
Posibilitar el acceso de las personas usuarias al conjunto del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía.
-
Para la prevención de situaciones de vulnerabilidad social, la valoración de las necesidades, la planificación, la intervención, el seguimiento y la evaluación de la atención, así como la coordinación con otros agentes e instituciones presentes en el territorio, al objeto de articular la respuesta a las necesidades individuales, familiares, grupales y comunitarias de atención.
Los Servicios Sociales Comunitarios estarán referenciados a un territorio y a una población determinada y se desarrollarán desde los centros de servicios sociales comunitarios.