República Checa
República Checa tiene establecido un cupo de 10 expedientes para menores de 4 años y otro cupo de 10 expedientes para niños mayores de 4 años. El perfil de los menores es el siguiente: romanís de entre 4 y 8 años en su mayoría y algunos grupos de 2 ó 3 hermanos. El tiempo de espera es de unos 2 años. En la valoración de idoneidad se coge la aplicación de pruebas proyectivas y psicométricas.
1. Requisitos Legales
1.1 Legislación de referencia
- Está en vigor el Convenio de la Haya de 29 de mayo de 1993 relativo a la protección del niño y a la cooperación en materia de Adopción Internacional desde el 01-06-2000.
- Código de Familia, Ley Nº 94/1963. Modificado por la Ley Nº 91/1998. Modificado, a su vez, por la Ley 359/1999, en vigor desde 1/4/00, sobre Protección Socio-Jurídica de Menores.
- Recomendación Metodológica actualizada para la mediación de la Adopción Internacional que entró en vigor el 1 de abril de 2010.
1.2 Adoptantes
- Sólo pueden adoptar de manera conjunta los cónyuges.
- Se permite la adopción a personas solteras.
- No se admite la adopción de parejas del mismo sexo.
- Entre el adoptante y el adoptado debe existir una digerencia de edad adecuada, que debe corresponder a la diferencia natural de edad entre hijos y padres.
1.3 Menores.
Se considera que un niño es adoptable cuando:
- Los padres han dado su consentimiento ante un tribunal u órgano de la protección social y legal del niño. El consentimiento sólo puede darse después de transcurrir 6 semanas desde el nacimiento.
- Los padres han sido privados de la patria potestad mediante sentencia judicial.
- Se desconocen los padres del niño.
- Niño huérfano que no tiene parientes.
2. Criterios Técnicos de Selección
3. Tipos de Adopción
3.1 Forma de adopción
- La adopción requiere un periodo pre-adoptivo, la entrega de la custodia del menor en la República Checa es de carácter judicial.
- La adopción se resuelve judicialmente en España con el visto bueno de la Autoridad Central checa.
3.2 Efectos de la adopción
- Adopción plena:
- Rompe vínculos con la familia biológica.
- Crea vínculos de filiación como por naturaleza con la familia adoptiva.
- Es irrevocable
4. Procedimiento
4.1 Documentos del expediente
4.1.1 Por las personas interesadas
- Solicitud de adopción dirigida a la Oficina para la Protección Legal Internacional del Menor, en poder de las Delegaciones Territoriales.
- Partida de nacimiento de los solicitantes.
- Documento identificativo.
- Certificado de matrimonio.
- Certificado médico.
- Certificado de ingresos y empleo (un sólo certificado con el sello del emisor).
- Certificado de antecedentes penales (vigencia de 3 meses).
- Fotografías de los solicitantes y en su caso, de otros niños o personas que vivan en el hogar.
- Fotografías de la familia y la vivienda de los solicitantes.
4.1.2 Por la Entidad Pública
- Certificado de Idoneidad.
- Informe Social.
- Informe Psicológico.
- Compromiso de seguimiento.
4.2 Organismo público competente
- OFICINA PARA LA PROTECCIÓN LEGAL INTERNACIONAL DEL MENOR
Silingrovo námesi 3/4
60200 - Brno
República Checa
5. Tramitación
5.1 Tramitación en España
- Se tramita a través de Entidad Pública o OAAI.
- Todos los documentos deberán ir apostillado y traducidos al checo (consultar apartado Procedimiento de apostilla de documentación). (más información)
5.2 Tramitación en el país
- Una vez aceptada la preasignación, comienza un periodo de "interacción" con el menor que será de 14 a 21 días. El tiempo que pasen los adoptantes en Brno no puede ser inferior a 6-8 semanas.
- A los seis meses desde el traslado del menor y habiendo presentado 3 informes, los adoptantes solicitarán a la Oficina el visto bueno a la adopción internacional.
- Se decidirá sobre tal solicitud en un proceso administrativo.
- La adopción se resuelve en el país receptor en el visto bueno de la Oficina.
- Una vez constituida la adopción el país receptor debe comunicarlo al país de origen del menor.
6. Embajadas/Consulados
- Embajada de España en Praga
Badeniho 4
Praga 7 - Embajada de la República Checa en España
Avda. Pío XII nº 22-24
28016 Madrid
Teléfono: 913 531 880
Fax: 913 531 885
E-mail: madrid@embassy.mzc.cz
7. Seguimiento
- Informes trimestrales el primer año, semestrales el segundo año y anuales hasta los 4 años, a contar desde la llegada del menor.
8. O.A.A.I.
8.1 En Andalucía:
8.2 En otras Comunidades Autónomas:
9. Situación en Andalucia de Expedientes Tramitados/Menores Adoptados
- Año 2007: Expedientes: 0; Adopciones: 0
- Año 2008: Expedientes: 0, Adopciones: 0
- Año 2009: Expedientes: 0, Adopciones: 0
- Año 2010: Expedientes: 0, Adopciones: 0
- Año 2011: Expedientes: 0, Adopciones: 0
- Año 2012: Expedientes: 0, Adopciones: 0
- Año 2013: Expedientes: 0, Adopciones: 0
- Año 2015: Expedientes:1, Adopciones: 0
10. Observaciones
Última modificación: 08/02/022
Responsable de la información publicada:
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955048000
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