Programa de ayudas económicas familiares
Programa de ayudas económicas familiares
Ámbito de aplicación, definición y marco normativo
El programa de ayudas económicas familiares se gestiona mediante la cooperación entre la Administración de la Junta de Andalucía y las entidades locales, siendo de aplicación a las Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos de municipios de más de veinte mil habitantes del territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Las ayudas económicas familiares constituyen prestaciones complementarias de carácter temporal, dinerarias o en especie, que se conceden a las familias para la atención de necesidades básicas de las personas menores de edad a su cargo, cuando carecen de recursos económicos suficientes para ello, y dirigidas a la prevención, reducción o supresión de factores de riesgo y al mantenimiento e incremento de los factores de protección, con el fin de favorecer su permanencia e integración en el entorno familiar y social, desde un enfoque preventivo y capacitador.
La regulación vigente en esta materia está constituida por la Orden de 6 de noviembre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se regula el procedimiento y la gestión de las ayudas económicas familiares en cooperación con las entidades locales.
Características del programa
Las familias destinatarias de estas ayudas serán propuestas por los servicios sociales en el marco de la intervención técnica que realicen y para su concesión habrán de cumplir los siguientes requisitos:
- Vecindad administrativa en el término municipal, salvo circunstancias excepcionales debidamente acreditadas relacionadas con situaciones de violencia de género o inmigración y domicilios cuya acreditación catastral o municipal no resulte posible.
- Insuficiencia de recursos económicos de la unidad familiar de convivencia para cubrir necesidades básicas de las personas menores.
Las ayudas económicas familiares podrán ser concedidas en el marco de un proyecto de intervención o tratamiento familiar, en el cual se acordarán con la familia aquellos objetivos a alcanzar para mejorar la situación familiar, de acuerdo con los factores de riesgo y de protección detectados, así como con su compromiso de colaboración en la consecución de los mismos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 72.3 y 87 de la Ley 4/2021, de 27 de julio, de Infancia y Adolescencia de Andalucía.
El acceso a las ayudas económicas familiares se realiza a través de los servicios sociales de la entidad local de acuerdo al procedimiento que se establece en la Orden de 6 de noviembre de 2023 y que se iniciará de oficio por el órgano competente de la entidad local, a instancia de los equipos técnicos de profesionales, tanto de los servicios sociales comunitarios como de los equipos de tratamiento familiar, cuando concurran las circunstancias y requisitos establecidos en la Orden citada.
Por parte del equipo técnico de los servicios sociales se elevará la propuesta de ayuda económica familiar contemplada en el informe técnico de éstos, cuya concesión será resuelta por parte de la persona titular de la presidencia de la entidad local, o persona en quien delegue.
Financiación del programa
El programa se financia a través de transferencias de la Consejería competente en materia de infancia y adolescencia distribuidas entre las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos de municipios de Andalucía con población superior a veinte mil habitantes.
Anualmente mediante orden de la Consejería competente en materia de infancia y adolescencia se procede a determinar las cuantías a transferir a las entidades locales que desarrollen el programa de ayudas económicas familiares, y en el supuesto de que exista disponibilidad presupuestaria complementaria para la financiación del programa, procedente de la Administración General del Estado o de cualesquiera otras fuentes de financiación, igualmente se establecen las cuantías a transferir a las entidades locales que desarrollen el programa.
Enlaces de interés
- Web del Observatorio de la Infancia y Adolescencia de Andalucía, en la que se publican informes y datos estadísticos relacionados con el programa.
Normativa de interés
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Orden de 2 de octubre de 2024, por la que se establece la distribución complementaria de las cantidades a percibir por las entidades locales para la financiación de las ayudas económicas familiares correspondientes al ejercicio 2024, con crédito procedente del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.