Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Jaén
Información general
Biografía
Nacida en Bilbao en 1967, es licenciada en Derecho por la Universidad de Jaén y la de Córdoba y máster en Adaptación Pedagógica con especialidad en Psicología.
Desde 2018 y hasta junio de 2022, ha sido diputada por Jaén en el Parlamento de Andalucía, ostentando la portavocía del Grupo Parlamentario Popular en materia de asuntos europeos.
Desde 1995 y hasta mayo de 2008, fue concejala del Ayuntamiento de Linares, desempeñando durante cuatro años la función de delegada de Seguridad Ciudadana.
Por otra parte, Hidalgo Azcona ha ejercido la abogacía como letrada perteneciente al turno de oficio y, en el ámbito privado, ha estado especializada en asuntos civiles.
Funciones
Las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Andalucía ostentan las siguientes funciones y competencias en el ámbito de su provincia:
- La representación ordinaria de las Consejerías cuyos servicios periféricos se encuentran adscritos en la Delegación Territorial y, en su caso, de las agencias adscritas o dependientes de las Consejerías. En el caso de que en una Consejería existan dos Delegaciones Territoriales, las personas titulares de las mismas ostentarán la representación ordinaria de la Consejería en relación con las materias que se le hayan asignado.
- Dirigir, bajo la dependencia funcional de los correspondientes órganos directivos, las unidades administrativas pertenecientes a la Delegación.
- Ejercer la jefatura de todo el personal de la Delegación y las competencias de administración y gestión ordinarias del mismo que expresamente se le deleguen.
- Constituir el cauce ordinario de relación con los servicios centrales de las Consejerías cuyos servicios periféricos se encuentran adscritos a la Delegación Territorial y, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las personas titulares de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, con los órganos periféricos de la Administración General del Estado y las entidades locales de Andalucía en materias de su competencia. En el caso de que en una Consejería existan dos Delegaciones Territoriales, las personas titulares de las mismas ejercerán esta función en relación con las materias que se le hayan asignado.
- Trasladar órdenes e instrucciones en las materias que sean de su competencia a las personas titulares de las Secretarías Generales Provinciales de las Consejerías cuyos servicios periféricos se encuentren adscritos a la Delegación Territorial, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 21.3 de este Decreto.
- El ejercicio de potestades administrativas con respecto a aquellas competencias que tengan atribuidas y, en su caso, respecto a aquellas de los servicios periféricos que tengan adscritos.
- Cuantas otras funciones les sean atribuidas, desconcentradas o delegadas.