Convenio de Colaboración para facilitar el acceso a los recursos municipales a menores tutelados por la Delegación Terriotiral como medida de apoyo y ayuda para favorecer la proteccion de la infancia y adolescencia

Fecha de suscripción
Partes firmantes
La Consejería de Igualdad, Politicas Sociales y Conciliación
Ayuntamiento de Almeria
Duración
La vigencia del presente Convenio será de dos años, a partir de la firma del mismo, pudiéndose en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto, y por acuerdo de ambas partes prorrogar por un periodo de hasta cuatro años adicionales, o bien acordarse su extinción.

Objeto

Este Convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre La Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, a través de su Delegación Territorial en Almería y el Ayuntamiento de Almería para facilitar la inclusión social de los menores tutelados en Acogida Inmediata, en Guarda Provisional y en Guarda Administrativa que se encuentren en Acogimiento Residencial, bajo la tutela de dicha Delegación y Mayores Ex-tutelados que se encuentren en los Recursos de Alta Intensidad. y permitir el acceso y disfrute de las instalaciones municipales deportivas, culturales y de ocio, así como cualquier otro recurso que pueda ponerse a disposición del disfrute de los menores tutelados, con suficiente antelación para poder realizar las gestiones necesarias por parte de la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en Almería, para facilitar su asistencia, atendiendo a las características del recurso ofrecido y una vez estudiada la adecuación acorde con las edades y necesidades de cada menor bajo su tutela.

El resultado obtenido mediante el presente convenio es unicamente ofrecerles a los niños y niñas tutelados un desarrollo para promover su formación integral, con ayuda de las administraciones presentes en este convenio.

Modificaciones

Los términos del presente Convenio de Colaboración podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes suscriptoras. La modificación se formalizará en una adenda que se incorporará como parte inseparable del texto del Convenio.

Obligaciones económicas

 No se deriva gasto alguno para ninguna de las partes firmantes

Índice