Convenio de colaboración entre la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de la Junta de Andalucía y la entidad financiera Banco Santander
Fecha de suscripción
Partes firmantes
Consejera de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación
Director Territorial de Andalucía
Duración
Tendrá una vigencia de un año, que podrá ser prorrogado, por mutuo acuerdo de las partes, por un periodo de hasta cuatro años adicionales, salvo que alguna de las partes lo denuncie con una antelación mínima de dos meses a la finalización del mismo de acuerdo con lo previsto en el art. 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Objeto
El objeto del Convenio entre la Consejería y la Entidad Financiera Banco Santander, es la formalización de los objetivos comunes relacionados con los hechos indicados en los expositivos y que se indicarán en la cláusula siguiente, así como del marco general de colaboración y compromisos entre las partes para el desarrollo y consecución de los mismos que sirva a la elaboración de los respectivos convenios específicos a celebrar al efecto.
Obligaciones económicas
No implica obligaciones económicas para ninguna de las partes firmantes
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