Adenda de modificación del Convenio con el Ayuntamiento de Lucena para para promover y fomentar una mejor atención de las personas beneficiarias del régimen de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
La Consejera de Igualdad, Politicas Sociales y Conciliación de la Junta de Andalucía
El Alcalde de Lucena
Duración
Que los efectos del convenio se establecen en la Cláusula Decimoquinta, encontrándose en vigor hasta el 31 de marzo de 2024, y pudiendo compensarse los gastos financiables desde el 24 de febrero de 2022 hasta 31 de diciembre de 2023, a tenor de lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 672/2022, de 1 de agosto, se consideran financiables las actuaciones realizadas entre el 24 de febrero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023.

Objeto

El presente Convenio  tiene por objeto regular  las condiciones  y las obligaciones  para  formalizar  la relación entre la Consejería  de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad y el Ayuntamiento  de Lucena, con CIF  P1403800D, para la implementación del Real Decreto 672/2022, de 1 de agosto, del Ministerio de Inclusión, Seguridad  Social y Migraciones, por el que se regula la concesión directa de subvenciones  a las Comunidades  Autónomas  para  promover  y fomentar  una  mejor atención de las necesidades básicas de las personas beneficiarias del régimen de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania que carezcan de recursos económicos suficientes.

Modificaciones

 Que en virtud de la cláusula Decimotercera, párrafo primero, la modificación del convenio se formalizará con la incorporación de una adenda que se incorporará como parte inseparable del texto del Convenio.

Obligaciones económicas

Se concede a la entidad local colaboradora una nueva subvención por importe de 37.804,54 €. El presente convenio se financiará con cargo a la siguiente partida presupuestaria: 1800180000 G/31J/46003/00 Fondo S0729

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