Aprobado el decreto que regula el reconocimiento y registro de perros de asistencia en Andalucía

La norma dispone la inscripción de los centros de adiestramiento y el funcionamiento del Registro andaluz de Perros de Asistencia
Andalucía, 16/04/2025

El Consejo de Gobierno ha aprobado este miércoles el proyecto de decreto por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento de la condición de perro de asistencia, así como su distintivo y carnet de vinculación, la inscripción de los centros de adiestramiento y el contenido y funcionamiento del Registro de Perros de Asistencia de Andalucía.

Esta normativa desarrolla la Ley 11/2021, de 28 de diciembre, por la que se regulan los perros de asistencia a personas con discapacidad en Andalucía, que reconoce el derecho de acceso al entorno de las personas con discapacidad o con determinadas condiciones de salud que tengan necesidad del acompañamiento, conducción, ayuda y auxilio de un perro de asistencia, así como a los centros de adiestramiento de estos animales.

La aprobación del decreto es un avance para garantizar de forma efectiva el ejercicio del derecho de estas personas a estar acompañadas por su perro de asistencia en el acceso al entorno. La asistencia animal supone un apoyo complementario necesario para algunas personas en aras de garantizar la igualdad de oportunidades.

El texto recoge que el procedimiento para el reconocimiento de la condición de perro de asistencia se iniciará a instancias de la persona usuaria, o su representante legal en caso de ser menor de edad, su guardador de hecho o la persona que le preste apoyo en el ejercicio de su capacidad jurídica.

Los perros de asistencia deberán estar identificados mediante un distintivo de forma visible en su arnés o collar. Este distintivo será único para todos los tipos de perro de asistencia y permitirá su identificación ante las autoridades públicas, así como en el ámbito privado.

Además, el decreto recoge que las personas usuarias tendrán que acreditar la unidad de vinculación con el animal mediante un carnet en el que figurarán sus datos personales y los datos de identificación oficial del perro de asistencia. El formato de este carnet adoptará la forma de tarjeta individualizada electrónica.

En cuanto a los centros de adiestramiento de perros de asistencia, el decreto aprobado en el Consejo de Gobierno señala que deberán tener la entidad personalidad jurídica propia; estar inscritos en el Registro Único de Ganadería de Andalucía, Sección de Explotaciones Ganaderas; y contar con profesionales con la cualificación necesaria para el adiestramiento. Estos centros deberán emitir el certificado que acredite, en cada caso, que el perro adiestrado cumple con la función para la que ha sido entrenado y mantiene con la persona usuaria la unidad de vinculación necesaria.

Respecto al Registro de Perros de Asistencia de Andalucía, el texto lo define como el instrumento de conocimiento y gestión documental en la materia. Este Registro es único y adscrito a la Consejería competente en materia de servicios sociales y estará dividido en dos secciones: una destinada a la inscripción de unidades de vinculación; y otra dedicada a la inscripción de centros de adiestramiento de perros de asistencia.

Aprobado el decreto, se formalizará un convenio con el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Veterinarios. Actualmente, el Consejo gestiona el Registro Andaluz de Identificación Animal (RAIA) en el que se inscriben los animales de compañía. En virtud de dicho convenio, el registro de perros de asistencia de Andalucía se integrará en el RAIA.

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