Proyecto de Decreto por el que se regula la organización y el funcionamiento de la función inspectora en materia de servicios sociales.
Información general
La entrada en vigor de la nueva Ley de Servicios Sociales, Ley 9/2016, de 27 de diciembre, implica revisar a la luz de sus principios y su articulado, ordenar el escenario organizativo previo que derivaba de la Ley 2/1988, de 4 de abril. El Decreto 396/2008, de 24 de junio, disposición normativa que se deroga con la norma que ahora se somete a consulta previa, tuvo su razón de ser en los cambios de carácter social, organizativos y normativos experimentados desde la entrada en vigor del Decreto 141/1999, de 8 de junio, por el que se regulaba la Inspección de Servicios Sociales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, tras la publicación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en Situación de Dependencia, que contempla en su artículo 11 la participación de las Comunidades Autónomas en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, tanto con la inspección y, en su caso, sanción de los incumplimientos sobre requisitos y estándares de calidad de centros y servicios, y respecto de los derechos de las personas beneficiarias.
Continuar contribuyendo al buen funcionamiento del Sistema de Servicios Sociales de Andalucía, garantizando los derechos de las personas usuarias del mismo.
El artículo 88.4 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, mandaba al Consejo de Gobierno a articular la organización y el funcionamiento de la función inspectora de servicios sociales. En desarrollo del citado precepto, se presenta el Proyecto de Decreto que ahora se somete a consulta previa.
Regular la función inspectora en materia de servicios sociales, relacionando de forma pormenorizada las funciones de la Inspección, determinado su estructura y organización y establecer el procedimiento inspector.
No se han contemplado otras soluciones que no sean regulatorias, ya que la ley es clara y taxativa a la hora de ordenar su desarrollo reglamentario.
La ciudadanía, así como todas aquellas entidades de iniciativa social, entidades con ánimo de lucro, u organizaciones pueden enviar sus aportaciones y sugerencias sobre esta norma, a través de esta dirección de correo electrónico:inspeccion.serviciossociales.csbs@juntadeandalucia.es
El plazo será de 15 días hábiles a partir de su publicación.
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.