Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, formación de jóvenes en situación de vulnerabilidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, atención en materia de drogodependencias y adicciones, acción social y voluntariado, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales
Información general
El Estatuto de Autonomía para Andalucía establece, en el artículo 10.3, una serie de objetivos básicos de la Comunidad Autónoma entre los que figura la cohesión social, mediante un eficaz sistema de bienestar público, con especial atención a los colectivos y zonas más desfavorecidas social y económicamente, para facilitar su integración plena en la sociedad andaluza, propiciando así la superación social y la mejora de la calidad de vida de los andaluces y andaluzas.
La Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, define los servicios sociales como el conjunto de servicios, recursos y prestaciones orientados a garantizar el derecho de todas las personas a la protección social, en los términos recogidos en las leyes, y tienen como finalidad la prevención, atención o cobertura de las necesidades individuales y sociales básicas de las personas en su entorno, con el fin de alcanzar o mejorar su bienestar, y señala que el Sistema Público de Servicios Sociales se configura por la acción cooperativa ente la ciudadanía, los agentes económicos y sociales y las instituciones.
La Orden de 1 de marzo de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, formación de jóvenes en situación de vulnerabilidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, atención en materia de drogodependencias y adicciones, para intervención en zonas con necesidades de transformación social, acción social y voluntariado, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, fue modificada mediante Orden de 9 de febrero de 2017.
Por su parte, mediante Orden de 10 de mayo de 2016, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a la red de solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales en la que se recogen medidas con el fin de impulsar sistemas sostenibles y solidarios de producción, distribución, comercialización y consumo de alimentos para proporcionar una respuesta más coordinada, eficaz y eficiente, en el conjunto del territorio andaluz, a las necesidades alimentarias básicas de las familias con escasos recursos económicos, que fue modificada por Orden de 10 de marzo de 2017.
La normativa reguladora de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva previamente citada es anterior a la entrada en vigor de la Ley de Servicios Sociales de Andalucía y asimismo, la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía ha puesto en marcha, en el marco del Programa Operativo FSE Andalucía 2014-2020, el Proyecto "Diseño y ejecución de Estrategias Locales de Empleabilidad e Inserción Social de las Personas en Situación de Exclusión Social" que tendrá su propia normativa de regulación de subvenciones.
Mediante el presente proyecto de Orden se pretende unificar, dar transparencia y máxima información de las subvenciones de concurrencia competitiva de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales a las personas físicas y entidades públicas y privadas, organizaciones sindicales y empresariales, en un f ormato accesible que facilite su conocimiento por la ciudadanía.
Con la publicación de este proyecto se pretende garantizar la máxima difusión de la norma.
Aprobar las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, formación de jóvenes en situación de vulnerabilidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, atención en materia de drogodependencias y adicciones, acción social y voluntariado, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales
No se contemplan soluciones alternativas.
La ciudadanía, entidades e instituciones públicas o privadas que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este documento a través del siguiente correo electrónico:
consultapublica.serviciossociales.cips@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.