Decreto por el que se regula la Comisión Institucional de Andalucía de coordinación y seguimiento de acciones para la erradicación de la violencia de género

Información general

Antecedentes de la norma
  • El articulo 16 del Estatuto de Autonomía para Andalucía declara que las mujeres tienen derecho a una protección integral contra la violencia de género, esta incluirá medidas preventivas, medidas asistenciales y ayudas públicas.
  • El articulo 73.2 del Estatuto dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en materia de lucha contra la violencia de género, la planificación de actuaciones y la capacidad de evaluación y propuesta ante la Administración central. La Comunidad Autónoma podrá establecer medidas e instrumentos para la sensibilización sobre la violencia de género y para su detección y prevención, así como regular servicios y destinar recursos propios para conseguir una protección integral de las mujeres que han sufrido o sufren este tipo de violencia.
  • El artículo 58.1 de la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género, crea la Comisión institucional de Andalucía de coordinación y seguimiento de acciones para la erradicación de la violencia de género, con el objeto de coordinar, impulsar y evaluar las acciones y medidas que se desarrollen en Andalucía contra la violencia de género.
  • Decreto 72/2009, de 31 marzo, por el que se regula la Comisión institucional de Andalucía de coordinación y seguimiento de acciones para la erradicación de la violencia de género.
Problemas que se pretenden solucionar

Avanzar en la lucha contra la violencia de género implicando a todos los sectores sociales, a través de un órgano colegiado que se encargará de coordinar, impulsar y evaluar las acciones y medidas que se desarrollen en Andalucía contra la violencia de género, con la participación de, tanto las Consejerías que integran el Consejo de Gobierno, como de representantes de las entidades locales y de las asociaciones de mujeres que desempeñen labores de sensibilización, prevención, atención, asistencia y recuperación de las víctimas de violencia de género.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

El tiempo transcurrido desde la aprobación del Decreto 72/2009, de 31 marzo, que reguló la Comisión Institucional de Andalucía de coordinación y seguimiento de acciones para la erradicación de la violencia de género, la experiencia acumulada en estos años en la materia y los cambios sociales hacen conveniente modificar la composición y el funcionamiento de dicho órgano, potenciando la participación del nuevo tejido asociativo surgido en nuestra Comunidad Autónoma en el ámbito que regula el decreto, y previendo la posibilidad de que grupos de profesionales expertos en violencia de género puedan asesorar a la Comisión Institucional.

Asimismo es preciso actualizar la regulación actual incorporando las sucesivas reformas normativas y reestructuraciones administrativas acaecidas desde la entrada en vigor de aquel Decreto.

Objetivos de la norma

El objetivo de la presente norma es actualizar la regulación de la Comisión Institucional de Andalucía de Coordinación y Seguimiento de acciones para la erradicación de la violencia de género, abordando mejoras técnicas y organizativas; dando cabida al nuevo tejido asociativo surgido en nuestra Comunidad Autónoma en este ámbito, así como a grupos de profesionales expertos en violencia de género, para que asesoren a la Comisión Institucional, e incorporando las sucesivas reformas legislativas que se han venido acometiendo tanto en la normativa estatal básica como en la normativa autonómica.

Posibles soluciones alternativas

En el presente proyecto normativo no se han contemplado otras soluciones que no sean regulatorias.

Envío de aportaciones

La ciudadanía, las organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través del siguiente buzón de correo electrónico:participa.cji@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
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