Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, formación de jóvenes en situación de vulnerabilidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social y voluntariado, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales y Conciliación.
Información general
El Estatuto de Autonomía para Andalucía establece, en el artículo 10.3, una serie de objetivos básicos de la Comunidad Autónoma entre los que figura la cohesión social, mediante un eficaz sistema de bienestar público, con especial atención a los colectivos y zonas más desfavorecidas social y económicamente, para facilitar su integración plena en la sociedad andaluza, propiciando así la superación social y la mejora de la calidad de vida de los andaluces y andaluzas.
La Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, define los servicios sociales como el conjunto de servicios, recursos y prestaciones orientados a garantizar el derecho de todas las personas a la protección social, en los términos recogidos en las leyes, y tienen como finalidad la prevención, atención o cobertura de las necesidades individuales y sociales básicas de las personas en su entorno, con el fin de alcanzar o mejorar su bienestar, y señala que el Sistema Público de Servicios Sociales se configura por la acción cooperativa ente la ciudadanía, los agentes económicos y sociales y las instituciones.
La Orden de 25 de abril de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, formación de jóvenes en situación de vulnerabilidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, atención en materia de adicciones, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social y voluntariado, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, unificó las distintas líneas de subvenciones de concurrencia competitiva de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales a las personas físicas y entidades públicas y privadas, organizaciones sindicales y empresariales.
Con las actuaciones a desarrollar, se pretende actualizar y mejorar las bases reguladoras, unificando, dando transparencia y máxima información de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación a las personas físicas y entidades públicas y privadas, organizaciones sindicales y empresariales.
La Orden de 25 de abril de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, formación de jóvenes en situación de vulnerabilidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, atención en materia de adicciones, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social y voluntariado, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación esanterior al nuevo ámbito competencial otorgado a la Consejería en virtud del Decreto del Presidente 2/2019, de de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto 6/2019, de 11 de febrero.
Es ésta circunstancia, unida a la experiencia acumulada con la convocatoria de las distintas líneas de subvenciones en los últimos ejercicios, y en el seno de la nueva planificación estratégica que se está desarrollando en la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación al amparo del mandato impuesto por la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma en relación a los planes estratégicos de subvenciones, las que aconsejan acometer este proyecto de nuevas bases reguladoras.
Aprobar las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, formación de jóvenes en situación de vulnerabilidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social y voluntariado, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.
No se contemplan soluciones alternativas.
consultapublica.sgpsc.cipsc@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.