Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la promoción y desarrollo del voluntariado, destinadas a las Universidades Públicas, Organizaciones Sindicales y Asociaciones Empresariales de Andalucía

Información general

Antecedentes de la norma

A la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con el artículo 61.2 de su Estatuto de Autonomía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, le corresponde la competencia exclusiva en materia de voluntariado, que incluye, en todo caso, la definición de la actividad y la regulación y la promoción de las actuaciones destinadas a la solidaridad y a la acción voluntaria que se ejecuten individualmente o a través de instituciones públicas o privadas.    

La Ley 4/2018, de 8 de mayo, Andaluza del Voluntariado, supone un refuerzo importante al ampliar el ámbito de actuación de la acción voluntaria y favorecer su promoción en otros ámbitos como el de las Administraciones públicas, las empresas y las universidades. En esta linea, la Ley contempla en su artículo 29 que las universidades dispondrán de una unidad o servicio para la promoción del voluntariado dentro de sus ámbitos de actuación propios, así como el desarrollo de actuaciones de voluntariado con el objetivo de la formación y sensibilización. 

Asimismo, dispone el artículo 19.d) de la citada Ley que las Administraciones públicas andaluzas establecerán las medidas de apoyo financiero, material y técnico a la acción voluntaria organizada, facilitando recursos para el adecuado desarrollo y ejecución de acciones voluntarias, así como para la realización de programas de captación, fomento y formación del voluntariado. 

El IV Plan Andaluz del Voluntariado 2017–2020, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 17 de octubre de 2017, como instrumento administrativo que determina los criterios de planificación y coordinación de las actuaciones proyectadas en materia de voluntariado en el ámbito de la Comunidad Autónoma contempla, dentro de los objetivos y acciones de promoción de la acción voluntaria, el implicar a los agentes sociales en la promoción del voluntariado y fomentar la colaboración entre agentes sociales y la complementariedad en las políticas públicas, el impulsar la cultura de responsabilidad social en las empresas, y el promover en contextos universitarios la realización de programas de voluntariado, así como la formación y capacitación del mismo desde la universidad.   

Problemas que se pretenden solucionar

Esta Orden se acomete con la finalidad de impulsar la acción coordinada en el desarrollo de programas y actuaciones de promoción del voluntariado con las universidades públicas andaluzas, de un lado, y con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales con representación a nivel autonómico, como agentes sociales, de otro. 

Tanto las universidades públicas como las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales de Andalucía, son parte integrante y activa de la sociedad, persiguiendo unos fines sociales que, por su propia naturaleza comparten con la Administración Pública. Estas instancias son complementarias, existiendo puntos de encuentro y debiendo apoyarse mutuamente para alcanzar los objetivos comunes que persiguen.   

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Con la aprobación de la presente Orden, se pretende dar cumplimiento a las previsiones contempladas en la Ley Andaluza del Voluntariado y en el IV Plan Andaluz del Voluntariado 2017-2020, fomentando y promocionando acciones de voluntariado a través de las universidades públicas y las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales de Andalucía.  

Objetivos de la norma

El objetivo de la norma se centra en aprobar las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, mediante el desarrollo de las lineas de subvenciones para la realización de programas y actuaciones para la promoción del voluntariado, destinadas a las universidades públicas andaluzas, de un lado, y a las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales con representación a nivel autonómico, de otro.   

Posibles soluciones alternativas

No se contemplan soluciones alternativas.  

Envío de aportaciones

La ciudadanía, entidades e instituciones públicas o privadas que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este documento a través del siguiente correo electrónico:

consultapublica.sgpsc.cipsc@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
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