Proyecto de Orden por la que se aprueba el modelo de Reglamento de Régimen Interior de los centros residenciales de personas con discapacidad en situación de dependencia que formen parte del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Andalucía
Información general
El anexo de la Orden de 28 de julio de 2000 regula los requisitos materiales y funcionales de obligado cumplimiento para los Servicios y Centros de Servicios Sociales ubicados en Andalucía. En su apartado II, subapartado 1.3, se recoge, entre los requisitos funcionales que deben cumplir los centros de cara a su autorización administrativa, la necesidad de que haya “Normas de régimen interno”. Dice este apartado que:
“Existirá un reglamento de régimen interior que regulará derechos y deberes de los usuarios , reglas de funcionamiento , régimen de admisiones y bajas ; horarios del Centro y de sus servicios ; sistema de participación de los usuarios y / o sus tutores ; régimen de visitas , de salidas y de comunicación con el exterior , y sistema de pago de servicios .”
Por otra parte, el art. 35 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, establece en su apartado 2, que “Los centros residenciales para personas en situación de dependencia habrán de disponer de un reglamento de régimen interior, que regule su organización y funcionamiento, que incluya un sistema de gestión de calidad y que establezca la participación de los usuarios, en la forma que determine la Administración competente”.
La necesidad, por lo tanto, de que los centros residenciales de atención especializada para personas con discapacidad dispongan de un Reglamento de Régimen Interno, y la necesidad, por otra parte, de que este reglamento sea visado por la autoridad administrativa correspondiente, aconseja que exista un modelo de obligado cumplimiento para todas las residencias que formen parte del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Andalucía. De hecho, este modelo ya se aprobó, para los centros residenciales de personas mayores a través de la Orden de 21 de diciembre de 2007, por la que se aprueba el modelo de reglamento de régimen interior de los centros residenciales de personas mayores en situación de dependencia que formen parte del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia en Andalucía (SAAD).
Homogeneizar las reglas que regulan la convivencia en los centros residenciales de personas con discapacidad que formen parte del SAAD. Y facilitar, al mismo tiempo, el trámite de la autorización, que requiere del visado del Reglamento de Régimen Interior (RRI) de los centros.
Es una reclamación antigua de los servicios de gestión de las Delegaciones Territoriales de la Consejería, que son los encargados de tramitar las autorizaciones de centros. En ese contexto, desde 2007 los centros de atención de personas mayores tienen un modelo de Reglamento de Régimen Interno, de obligado cumplimiento para centros en el ámbito del SAAD, lo cual facilita enormemente la tramitación de la autorización. Sin embargo, los centros de atención a personas con discapacidad no disponen de ningún modelo.
La aprobación de un modelo de RRI que sea de obligado cumplimiento en centros del SAAD.
Serían soluciones alternativas:
a) Mantener la situación actual. Cada centro aprueba su RRI y obliga al órgano encargado del visado del reglamento a un examen individualizado, que dilata la tramitación. b) Hacer un modelo, pero que no sea de obligado cumplimiento. No solucionaría la necesidad de homogeneizar las normas de convivencia en los centros.
La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados durante el plazo de 15 días naturales a partir del día siguiente a su publicación a través del siguiente correo electrónico:
dgpersonascondiscapacidad.cipsc@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
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