Complemento para titulares de pensión no contributiva que residen en vivienda alquilada
Es un complemento de pensión dirigido a aquellas personas pensionistas de jubilación e invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, que acrediten carecer de vivienda en propiedad y tener como residencia habitual, una vivienda alquilada a propietarios que no tengan con él relación de parentesco hasta tercer grado.
REQUISITOS: Podrán ser beneficiarias de este complemento las personas que reúnan los siguientes requisitos:
- Tener reconocida una pensión no contributiva de jubilación o invalidez en la fecha de la solicitud y en la fecha de resolución.
- Carecer de vivienda en propiedad.
- Ser el arrendatario de la vivienda en la fecha de la solicitud.
- No tener con el arrendador de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco hasta el tercer grado ni constituir con aquél una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal.
- Tener fijada su residencia habitual en la vivienda alquilada.
Si en la misma vivienda alquilada conviven dos o más personas que tuvieran reconocida una pensión de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, sólo tendrá derecho a este complemento aquella que sea titular del contrato de arrendamiento o, de ser varios, el primero de ellos.
Se entenderá que la vivienda es el domicilio habitual cuando:
- La vigencia del arrendamiento no sea inferior a un año
- Haya residido en la misma durante un período mínimo de 180 días anteriores a la fecha de la solicitud.
CUANTÍA: La cuantía anual para 2023 de este complemento asciende a 525€.
SOLICITUD: Se formulará en el impreso oficial que regula este complemento.
En caso de poseer certificado digital, podrá formularla también, a través del Catálogo de Procedimeintos Administrativos de la Junta de Andalucía.
PLAZO DE SOLICITUD: Del 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023.
DOCUMENTACIÓN:
- Copiadel documento que acredite la representación cuando la solicitud se suscriba por persona distinta al pensionista no ocntributivo.
- Copia del contrato de arrendamiento, u otro medio de prueba válido en derecho (recibos, facturas, etc...) en el que obligatoriamente debe figurar la localización de la vivienda.
LUGAR DE PRESENTACIÓN: La solicitud podrá presentarse en las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de la Junta de Andalucía o en los Servicios Sociales Comunitarios del ayuntamiento donde resida la persona pensionista.
NORMATIVA REGULADORA:
- Real Decreto 1191/2012 de 3 de agosto, por el que se establecen normas para el reconocimiento del complemento de pensión para alquiler de vivienda a favor de los pensionistas de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva.
- Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.