Certificados para la manipulación de gases fluorados y autorización de centros formativos
Competencias de la Consejería
En el ámbito del Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan y por el que se establecen los requisitos técnicos para las instalaciones que desarrollen actividades que emitan gases fluorados, se han asignado a la Consejería de Industria, Energía y Minas las competencias para la expedición de las certificaciones personales, las certificaciones de empresa y la autorización de centros formativos y evaluadores previstas.
En concreto, es competencia de esta Consejería:
- La expedición, suspensión y retirada de las certificaciones personales para profesionales que manipulen equipos que contengan gases fluorados.
- La expedición de los certificados de empresas que instalan, mantienen o revisan equipos o sistemas que contienen determinados gases fluorados de efecto invernadero.
- La autorización de los centros formativos y evaluadores previstos en el artículo 8.2 del citado Real Decreto, alternativos a los centros dependientes de las administraciones de educación y de empleo.
Los órganos competentes para los procedimientos asociados a estas certificaciones y autorizaciones son las Delegaciones Territoriales de la Consejería de la provincia correspondiente.
Por otro lado, es también competencia de esta Consejería el mantenimiento del Registro de certificados de profesionales y empresas expedidos, y los centros formativos y evaluadores autorizados, cuyos datos se integrarán en el Registro Unificado del Ministerio con competencias en Medio Ambiente, regulado mediante la Orden TEC/544/2019, de 25 de abril, por la que se constituye y regula el registro unificado sobre certificados y centros de formación de gases fluorados.
Se detallan a continuación los procedimientos administrativos para la solicitud de los citados certificados para la manipulación de gases fluorados y de la autorización de centros formativos en gases fluorados.
Certificados personales
La certificación de personas que instalan, mantienen o revisan equipos o sistemas que contienen gases fluorados, según se establece en los artículos 4, 5 y 6 del Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, son los documentos mediante los cuales la Administración reconoce a su titular la capacidad para desempeñar las siguientes actividades:
- Anexo I.1. Certificado acreditativo de la competencia para la manipulación de equipos con sistemas frigoríficos de cualquier carga de refrigerantes fluorados.
- Anexo I 1e. Certificado acreditativo de la competencia para la manipulación de equipos de transporte refrigerado de mercancías de cualquier carga de refrigerantes fluorados.
- Anexo I 2. Certificado acreditativo de la competencia para la manipulación de equipos con sistemas frigoríficos de carga de refrigerante inferior a 3 kg de gases fluorados.
- Anexo I 2e. Certificado acreditativo de la competencia para la manipulación de equipos de transporte refrigerado de mercancías que empleen menos de 3 kg de gases fluorados.
- Anexo I 3. Certificado acreditativo de la competencia para la manipulación de sistemas frigoríficos que empleen refrigerantes fluorados destinados a confort térmico de personas instalados en vehículos.
- Anexo I 4. Certificado acreditativo de la competencia para la manipulación de equipos de protección contra incendios que empleen gases fluorados como agente extintor.
- Anexo I 5. Certificado acreditativo de la competencia para la manipulación de disolventes que contengan gases fluorados y equipos que los emplean.
- Anexo I 6. Certificado acreditativo de la competencia para la recuperación de hexafluoruro de azufre de equipos de conmutación de alta tensión.
La solicitud de estos certificados se realizará conforme al siguiente procedimiento, donde se pueden consultar los requisitos exigibles, la documentación a aportar y el modelo de solicitud:
Certificados de empresas
El Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, establece en su disposición adicional primera que los servicios competentes en materia de industria de la comunidad autónoma otorgarán los certificados de empresas previstos en este ámbito.
Se establecen los certificados de empresa que se enumeran a continuación, para cada una de las siguientes actividades:
- I1. Instalación, mantenimiento y revisión de equipos fijos de refrigeración, aire acondicionado y bombas de calor de cualquier carga de refrigerantes fluorados.
- I2. Instalación, mantenimiento y revisión de equipos fijos de refrigeración, aire acondicionado y bombas de calor de cualquier carga inferior a 3 kg. de refrigerantes fluorados.
- I4. Instalación, mantenimiento y revisión de sistemas fijos de protección contra incendios y extintores que utilicen gases fluorados.
La solicitud de estos certificados se realizará conforme al siguiente procedimiento, donde se pueden consultar los requisitos exigibles, la documentación a aportar y el modelo de solicitud:
Autorización de los centros formativos y evaluadores
Los centros formativos y evaluadores previstos en el artículo 8.2 del Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, podrán impartir los programas formativos especificados en el anexo II del citado Real Decreto, así como el programa formativo del anexo del Reglamento (CE) nº 307/2008 de la Comisión, de 2 de abril de 2008. Para ello, deben obtener previamente autorización del órgano competente de la comunidad autónoma en uno o varios de los siguientes programas:
- PF1. Programa Formativo 1 del Anexo II del Real Decreto 115/2017.
- PF2. Programa Formativo 2 del Anexo II del Real Decreto 115/2017 y su correspondiente prueba teórico práctica.
- PF3A. Programa Formativo 3 A del Anexo II del Real Decreto 115/2017.
- PF3B. Programa Formativo 3 B del Anexo II del Real Decreto 115/2017 y su correspondiente prueba teórico práctica.
- PF4. Programa Formativo 4 del Anexo II del Real Decreto 115/2017.
- PF5. Programa Formativo 5 del Anexo II del Real Decreto 115/2017.
- PF6. Programa Formativo 6 del Anexo II del Real Decreto 115/2017.
- PF7. Programa Formativo 7 del Anexo II del Real Decreto 115/2017.
- PF8. Programa Formativo 8 del Anexo II del Real Decreto 115/2017.
- PF9. Programa Formativo del Anexo del Reglamento (CE) nº 307/2008 de la Comisión, de 2 de abril de 2008.
La solicitud se realizará conforme el siguiente procedimiento, donde se pueden consultar los requisitos exigibles, la documentación a aportar y el modelo de solicitud:
Los centros actualmente autorizados en Andalucía son los recogidos en la siguiente relación: