Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de Industria, Energía y Minas
Información general
- Industria, Energía y Minas
Orden de 9 de octubre de 2023, del Consejero de Industria, Energía y Minas.
El Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de Industria, Energía y Minas es un reflejo del principio prioritario y fundamental por el que la misma se compromete a tener garantizadas unas adecuadas condiciones de salud y seguridad en el desarrollo de su actividad, la salvaguardia y promoción de la salud y seguridad del personal a su cargo, y en general, de todas las personas trabajadoras que desempeñen su trabajo dependiendo de forma directa o indirecta de los órganos responsables de la misma. Por ello con el presente Plan esta Consejería asume la obligación de integrar de forma efectiva y eficiente la actividad preventiva en el conjunto de las actividades y en todos los niveles jerárquicos en su organización, para lograr la reducción progresiva de la siniestralidad y la mejora continua de las condiciones de trabajo.
Los objetivos generales de este Plan son:
- implantar y aplicar este Plan, como instrumento para la efectiva integración de la prevención de riesgos laborales en la actividad de las unidades y centros de trabajo, y el desarrollo de la coordinación administrativa de todos los organismos implicados.
- Dotar adecuada y suficientemente los recursos preventivos y los medios económicos para la aplicación efectiva de la prevención, en el marco que en esta materia dispone la Administración General de la Junta de Andalucía.
- Asumir por los órganos directivos el compromiso de la reducción progresiva del índice de siniestralidad y la mejora continua y optimización del sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales.
- Fomentar la comunicación y participación de las personas trabajadoras, directamente o a través de sus representantes, mediante la inclusión en los procedimientos de gestión de los asuntos de su interés y de los mecanismos necesarios para ejercer ese derecho.
- Llevar a efecto la permanente evaluación de los resultados y la consecuente revisión del Plan.
- Promocionar e incentivar el desarrollo de las buenas prácticas y hábitos de salud y seguridad laboral.
- Integrar la perspectiva de género en el diseño y aplicación del Plan de Prevención de Riesgos Laborales, como estrategia para garantizar el logro de la igualdad entre mujeres y hombres, en materia preventiva.
- Contribuir al desarrollo de la Responsabilidad Social Corporativa de la Administración de la Junta de Andalucía, mediante la atención a la mejora de la calidad de vida de las personas empleadas públicas y el compromiso activo con el medio ambiente.
El Decreto 204/2011 de la Consejería de Presidencia de la Junta de Andalucía, de 11 de octubre, por el que se regula la estructura organizativa de prevención de riesgos laborales para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, dispone que las Consejerías deberán contar con una organización preventiva propia con la adecuada dotación de medios personales y materiales que, de acuerdo con su estructura sectorial y territorial, acometa las funciones de prevención especializadas y gestione la integración de la prevención.
Documentos del plan
Evaluación del plan
El presente documento será susceptible de modificación, corrección, adaptación, sustitución o anulación parcial o total en cualquier momento, si las circunstancias así lo aconsejan, mediante Orden de la persona titular de la Consejería de Industria, Energía y Minas y dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, respecto a los derechos de consulta y participación de las personas trabajadoras.
Asimismo, en la Orden de aprobación de este Plan se facultará a la persona titular de la Secretaría General Técnica para aprobar nuevos procedimientos o las modificaciones, adecuaciones y actualizaciones del conjunto de procedimientos del sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales, así como las modificaciones del resto de anexos del Plan, incluida la relación de centros de trabajo donde se aplica.
Anualmente, la Unidad de Prevención incluirá en su programación, las actividades o acciones a desarrollar para la implantación y aplicación del Plan de Prevención. Del mismo modo, en la memoria de la Unidad de Prevención, se incluirán aquellas actividades del Plan de Prevención realizadas a lo largo del ejercicio.
De este documento y ediciones posteriores que se generen, en caso de modificación, se dará conocimiento a los órganos de representación del personal de la Consejería.