Fecha de suscripción
Partes firmantes
El Consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior
La Presidenta de la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía
Duración
El presente Convenio producirá efectos desde el momento de su firma y tendrá una duración de cuatro años, pudiendo prorrogarse por otro periodo de cuatro años por acuerdo unánime de los firmantes en los términos del artículo 49.h).2º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 52.3 de dicha Ley respecto a las actuaciones en curso de ejecución.
Objeto
El presente Convenio tiene por objeto, de conformidad con lo establecido en el ROFGJ, prestar asistencia jurídica a la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía, por medio de los Letrados y las Letradas de la Junta de Andalucía integrados en el Gabinete Jurídico.
Obligaciones económicas
18.000,0 €
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