Reclamaciones de deuda
Si necesita presentar ante el Juzgado una demanda de reclamación de cantidad, le facilitamos el impreso normalizado para que lo presente, junto con los documentos que justifiquen la deuda, ante el Juzgado Decano de domicilio del demandado.
Si la deuda que reclamada no supera los 2000 €, deberá presentar una demanda de juicio verbal (pdf).
También se puede reclamar sin asistencia de abogado/a y procurador/a mediante el Proceso Monitorio, el pago de deudas dinerarias de cualquier importe, que cumplan los siguientes requisitos:
- Que sean líquidas, determinadas, vencidas y exigibles.
- Que no se oponga la parte demandada al pago de la deuda reclamada.
Información de interés
No son preceptiva las intervenciones de abogado y procurador.
Normativa
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