Secretaría General para la Administración Pública

Información general

Titular
Arturo Domínguez Fernández
Sede
Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública
C/ Alberto Lista, 16
Sevilla, 41003
Teléfono: 955031800
Correo electrónico:

Biografía

Nacido en Córdoba (1962) es licenciado en Medicina, técnico superior de Función Administrativa del Servicio Andaluz de Salud en excedencia. Con más de 30 años de servicio en el SAS, ha desempeñado diversos puestos de responsabilidad, siendo desde 2017 el coordinador de procesos selectivos y de movilidad en dicho centro directivo. Tiene formación de nivel superior en materia de Dirección y Organización de Servicios de Salud y en Gerencia de Áreas de Salud por la Universidad. Politécnica de Valencia. Ha colaborado como docente en diversas actividades de formación de posgrado en materia de gestión de recursos humanos de la Universidad de Cádiz, de la Universidad Politécnica de Valencia y de la Escuela Andaluza de Salud Pública del Instituto Valenciano de Estudios en Salud Pública.

Funciones

1. La Secretaría General para la Administración Pública, cuya persona titular tendrá rango de Viceconsejero o Viceconsejera, es el órgano de planificación del sector público de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de las competencias específicas que al respecto ostenta la Dirección General de Planificación y Organización del Sector Público Andaluz, así como de dirección, impulso, coordinación y gestión de las políticas en materia de función pública, e inspección de servicios, y así como de organización e información administrativa, estructura orgánica y procedimiento, y transformación continua de la Administración de la Junta de Andalucía.

2. Le corresponden, además de las competencias previstas con carácter general en el artículo 28 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, las siguientes:

a) Las relaciones con las distintas Administraciones Públicas, entidades e instituciones en el ámbito de su competencia.

b) El impulso, dirección y coordinación de los planes, proyectos e iniciativas de transformación e innovación de la Administración Pública, así como de evaluación de las políticas públicas.

c) Impulsar y coordinar la planificación y racionalización de los recursos humanos de la Administración de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de las competencias específicas que al respecto ostenta la Dirección General de Administración Territorial y Simplificación Administrativa en lo referente a la Administración Territorial.

d) Establecer las directrices generales para homogeneizar la regulación y gestión del empleo público de toda la Administración de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos de la Administración de la Junta de Andalucía, en el marco de la normativa básica estatal, respecto al personal funcionario docente no universitario, el personal estatutario del Servicio Andaluz de Salud y el personal de la Administración de Justicia competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

e) En aquellos aspectos que sean comunes a toda la Administración de la Junta de Andalucía, y sin perjuicio de las competencias específicas que al respecto ostenta la Dirección General de Administración Territorial y Simplificación Administrativa en lo referente a la Administración Territorial, establecer criterios generales, impulsar, y, en su caso, realizar y ejecutar los estudios y proyectos en materia de personal, y las medidas y actividades tendentes a mejorar la eficacia en la planificación y gestión integrada de los recursos humanos, y, en concreto:

1.º La ordenación y racionalización de los sistemas de acceso, la provisión de puestos de trabajo, la evaluación del desempeño, la carrera profesional y el sistema retributivo, sin perjuicio de las competencias que le corresponden a la Comisión de Coordinación y Supervisión de la Evaluación del Desempeño prevista en el artículo 180 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía.

2.º El rendimiento en el servicio, la instauración y consolidación de la cultura de la gestión por objetivos y la rendición de resultados.

3.º La formación y la promoción profesional y, en general, las condiciones de trabajo del mismo, así como a lograr la eficacia y eficiencia en la utilización de los recursos económicos disponibles. Todo ello, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos de la Administración de la Junta de Andalucía respecto al personal funcionario docente no universitario, el personal estatutario del Servicio Andaluz de Salud y el personal de la Administración de Justicia competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como entidades que forman parte del sector público andaluz.

f) La dirección funcional del sistema de gestión integrada de los recursos humanos, así como la adopción de las medidas que vaya exigiendo el desarrollo y la administración y aplicación del mismo, en coordinación con la Agencia Digital de Andalucía y la Dirección General de Presupuestos.

g) Velar e impulsar la aplicación práctica de la transversalidad de la perspectiva de género en la planificación de las actividades que sean de su competencia.

h) El régimen jurídico y retributivo del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía y el informe sobre los anteproyectos de ley y los proyectos de decreto y órdenes que afecten al régimen de personal.

i) El impulso de la política de diálogo con las organizaciones sindicales que representan los intereses comunes del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía.

j) Las relaciones con las organizaciones sindicales en el conjunto de la Administración Pública de la Junta de Andalucía en todas aquellas materias comunes al personal funcionario, estatutario y laboral, así como la coordinación, evaluación y seguimiento de acuerdos y pactos en relación con la negociación colectiva de las personas empleadas públicas de la Administración de la Junta de Andalucía derivadas de los órganos de negociación colectiva del personal que presta servicios en el Sector Público Instrumental de Andalucía, sin perjuicio de la negociación colectiva que corresponda en cada ámbito respectivo.

k) La definición de la política de formación en la Administración de la Junta de Andalucía.

l) La propuesta de regulación y la gestión en materia de ayudas de acción social.

m) La tramitación de los recursos administrativos y de los expedientes de revisión de oficio de actos nulos y la declaración de lesividad de actos anulables, así como la responsabilidad patrimonial, todo ello en materia general de función pública.

n) El análisis e impulso de la planificación de las estructuras organizativas de la Administración de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de las competencias específicas que al respecto ostenta la Dirección General de Administración Territorial y Simplificación Administrativa en lo referente a la Administración Territorial.

ñ) El impulso y coordinación de la atención a la ciudadanía, de la simplificación y racionalización de los procedimientos administrativos, así como el seguimiento y evaluación de la calidad, eficiencia y desempeño de los servicios públicos, sin perjuicio de las competencias específicas que al respecto ostenta la Dirección General de Administración Territorial y Simplificación Administrativa en lo referente a la Administración Territorial.

o) La promoción de sistemas de mejora administrativa y racionalización de los procedimientos y trámites administrativos de atención a la ciudadanía mediante el análisis y mejora continua de los procesos horizontales e internos.

p) La dirección, impulso y coordinación de la función inspectora de los servicios de la Administración de la Junta de Andalucía, el ejercicio, a través de la Inspección General de Servicios, de la competencia atribuida en el artículo 41.4 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, así como las demás que le atribuye el Decreto 601/2019, de 3 de diciembre, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía.

q) Dictar las resoluciones administrativas precisas conforme a la normativa procesal, en relación con los recursos judiciales interpuestos, así como disponer el cumplimiento y, en su caso, la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de las resoluciones dictadas por los tribunales y juzgados en aquellos procedimientos en que sea parte la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública en materia general de función pública. Se exceptúa de lo anterior los supuestos que afecten al respectivo ámbito funcional de competencias de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, en cuyo caso las competencias se atribuyen a la persona titular de la citada Dirección General. Asimismo, se exceptúan las competencias referidas a los actos administrativos y resoluciones dictados por los Servicios Periféricos de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública en materia general de función pública, en cuyo caso las competencias indicadas en el párrafo anterior corresponderán a la persona titular de la respectiva Secretaría General Provincial de la Consejería.

r) Emisión de informes y elaboración de propuestas en materia de organización administrativa, de simplificación de procedimientos y racionalización de la gestión administrativa, excepto cuando los proyectos normativos versen sobre las materias establecidas en el artículo 13.b) 9.ª

s) La identificación, diseño y ejecución de programas y proyectos para el desarrollo y evaluación de la calidad de los servicios y de atención a la ciudadanía en el ámbito de sus competencias. En particular, facilitar el derecho a obtener información y relacionarse con la Administración de la Junta de Andalucía de manera multicanal en coordinación con la Agencia Digital de Andalucía.

t) Ejercer las competencias en materia de calidad de los servicios atribuidas por el Decreto 317/2003, de 18 de noviembre, por el que se regulan las Cartas de Servicios, el sistema de evaluación de la calidad de los servicios y se establecen los Premios a la Calidad de los servicios públicos.

u) La coordinación y seguimiento del cumplimiento de la normativa aplicable en materia de protección de datos en el ámbito de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus entidades instrumentales, sin perjuicio de las competencias que en dicha materia puedan corresponder a otros órganos o entidades.

v) La elaboración y tramitación de las disposiciones de carácter general y de los instrumentos de colaboración, directrices, planes y programas, relativos al ámbito de competencias de la Secretaría General para la Administración Pública.

w) Las competencias que se le atribuyan por la normativa vigente en relación con el Sistema interno de información de la organización central y territorial de la Administración de la Junta de Andalucía.

x) Las demás facultades, prerrogativas y funciones que le atribuyen las disposiciones vigentes.

3. Dependen orgánicamente de la Secretaría General para la Administración Pública la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública y la Dirección General de Planificación y Organización del Sector Público Andaluz.»

 

Unidades

Coordinación General
Responsable: David Barrada Abís
Coordinación de Transformación e Innovación de la Administración Pública y Protección de Datos
Responsable: María Esperanza Dorado Pérez
Coordinación de Transformación de Sistemas de Gestión
Responsable: Javier Romero Lemos
Coordinación Unidad de mejora administrativa y racionalización de trámites
Responsable: Antonio Hernández Moreno
Coordinación planificación empleo público
Responsable: Vacante
Servicio de Régimen Jurídico
Responsable: Jose Antonio Prieto Rodríguez
Inspección General de Servicios
Responsable: Pablo Javier Sendra Arce
Servicio de Calidad y Atención a la Ciudadanía
Responsable: María Pilar Toro Sanchez-Blanco
Servicio de Organización y Simplificación Administrativa
Responsable: Carmen Gema López Soto

Normativa de referencia