Consejo de Ayuda a las Víctimas de Terrorismo en Andalucía

Funciones

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 331/2011, de 2 de noviembre, por el que se crea y regula el Consejo de Ayuda a las Víctimas del Terrorismo en Andalucía:

  1. Son funciones del Consejo las siguientes:
    • Prestar a las víctimas del terrorismo y a las personas afectadas por tal acción, citadas en el artículo 3.a) de la Ley 10/2010, de 15 de noviembre, el apoyo y asesoramiento necesario para facilitarles el acceso a las ayudas públicas a que tengan derecho conforme a la legislación vigente.
    • Promover y fomentar que las Administraciones Públicas andaluzas y la sociedad civil en su conjunto presten todo su apoyo y respaldo a las víctimas del terrorismo y a quienes resulten afectados y afectadas por tal acción.
    • Estudiar y proponer medidas adicionales a las recogidas en la Ley 10/2010, de 15 de noviembre, dirigidas al objetivo fundamental de resarcir de la mejor manera posible a las víctimas del terrorismo y a las personas afectadas por tal acción.
  2. El Consejo garantizará la integración transversal del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en las acciones que desarrolle.

Composición

El Consejo estará compuesto por:

  • La persona titular de la Consejería competente en materia de Justicia, que ejercerá la Presidencia.
  • La persona titular de la Viceconsejería competente en materia de Justicia, que ejercerá la Vicepresidencia.
  • Un representante, con rango al menos de Director General, de cada Consejería con competencia en materia de asistencia a víctimas, hacienda y empleo público, educación, universidades, vivienda, empleo, salud, igualdad y bienestar social, relacionadas con el objeto de la Ley 10/2010, de 15 de noviembre.
  • La persona que ejerza la Secretaría, con voz pero sin voto, será personal funcionario adscrito a la Consejería con competencia en materia justicia y que desempeñe un puesto, como mínimo, de jefatura de servicio, que será designada por la persona titular de la Dirección General competente en materia de asistencia a víctimas.
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