Convenio de colaboración entre la Delegación Territorial de Regeneración, Justicia y Administración Local en Córdoba y el Ayuntamiento de Fuente Palmera para la ejecución de medidas judiciales, en régimen de medio abierto, por parte de menores infractores
Objeto
La cooperación y colaboración entre ambas partes, en:
- La ejecución de las siguientes medidas, previstas en el artículo 7.1 de la LORPM que sean impuestas a menores infractores e infractoras con vecindad o residencia en el municipio de Fuente Palmera: PRESTACIÓN EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD (PBC), la realización de TAREAS SOCIOEDUCATIVAS (TSE), la asistencia para la realización de ACTIVIDADES REPARADORAS EN FAVOR DE LA SOCIEDAD (RS) que sean consecuencia de un proceso de conciliación y mediación de los artículos 19 y 51 de la mencionada Ley, el seguimiento de la PERMANENCIA DE FIN DE SEMANA en el domicilio familiar por parte de miembros del Cuerpo de la Policía Local o, en su defecto, por otro personal funcionario que desempeñe estas funciones.
- Actuar en el entorno familiar de menores infractores e infractoras en situación de conflicto con la sociedad, que hayan de cumplir las referidas medidas.
Modificaciones
Las partes en cualquier momento y de común acuerdo, a propuesta de la Comisión de Seguimiento e Impulso, podrán modificar las cláusulas del presente convenio. El acuerdo de modificación será recogido en una adenda que requerirá de su correspondiente tramitación adminstrativa.
Obligaciones económicas
La Delegación Territorial de Regeneración, Justicia y Administración Local en Córdoba, garantizará que durante la prestación de la medida los menores tengan cubierta tanto la responsabilidad civil como por accidente, incluida la de trabajo o prestación de los/las menores; responsabilizándose del coste que impliquen las cotizaciones a la seguridad social por las contingencias que procedan, según la edad del/de la menor, y únicamente para la Prestación en Beneficio de la Comunidad (PBC).