Convenio de colaboración tipo entre la Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Granada y el Ayuntamiento de Baza para la ejecución de medidas judiciales en régimen de medio abierto, por parte de menores infractores/as
Objeto
La cooperación y colaboración entre ambas partes, en:
a) La ejecución de las siguientes medidas, previstas en el artículo 7.1 de la LORPM que sean impuestas a menores infractores e infractoras con vecindad o residencia en el municipio de Baza: PRESTACIÓN EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD (PBC), la realización de TAREAS SOCIOEDUCATIVAS (TSE), la asistencia para la realización de ACTIVIDADES REPARADORAS EN FAVOR DE LA SOCIEDAD (RS) que sean consecuencia de un proceso de conciliación y mediación de los artículos 19 y 51 de la mencionada Ley, el seguimiento de la PERMANENCIA DE FIN DE SEMANA en el domicilio familiar por parte de miembros del Cuerpo de la Policía Local o, en su defecto, por otro personal funcionario que desempeñe estas funciones.
b) Actuar en el entorno familiar de menores infractores e infractoras en situación de conflicto con la sociedad, que hayan de cumplir las referidas medidas.
Obligaciones económicas
La Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Granada, se responsabiliza del coste que impliquen las cotizaciones a la seguridad social por las contingencias que procedan, según la edad del/de la menor, para la Prestación en Beneficio de la Comunidad (PBC).