Opciones para solicitar notificaciones telemáticas, para actualizar los datos de la entidad y para habilitar a terceros que gestionen los expedientes

Suministro de datos extrarregistrales

Estos datos se deben suministrar por las personas que ostenten la Alcaldía/Presidencia o la Secretaría de las Entidades Locales y Consorcios a través de la pestaña denominada "Datos de Entidades" de la aplicación informática RAEL. En la parte inferior de dicha pantalla aparecerán aquellas Entidades Locales o Consorcios en los que la persona que ha entrado con su certificado digital en la aplicación, está dado de alta como persona responsable de la Alcaldía/Presidencia, Secretaría o persona habilitada (en este último caso no podrá firmar los escritos). A la derecha de la Entidad aparecen dos iconos, uno muestra los actuales "datos registrales", los cuales solo se podrán modificar mediante la tramitación por las personas titulares de la Alcaldía/Presidencia de su correspondiente procedimiento registral a través de la pestaña denominada "Gestión de solicitudes", y el otro icono que habrá de activarse, corresponde a los "datos corporativos" que son los indicados datos extrarregistrales, entre los que actualmente se encuentran, los datos de contacto de la Entidad, los datos de la persona que ostente la Alcaldía/Presidencia y Concejalías/Diputaciones, así como del Secretariado de la misma.

Es importante tener permanentemente actualizados estos datos, pues muchos de ellos son imprescindibles para el correcto funcionamiento, tanto de la presente aplicación informática, como de otras utilizadas por esta Administración para la tramitación de diversos procedimientos, como son los de subvenciones o el utilizado para la remisión de los Actos y Acuerdos de las Entidades Locales (RAAM), pudiendo estos dar errores motivados por la falta de la mencionada actualización. Los datos correspondientes a la persona que ostenta el Secretariado deberán actualizarse, bien de oficio por la Dirección General de Administración Local, o bien mediante solicitud documental dirigida a la misma por las Entidades Locales o Consorcios, a la que deberá adjuntarse, copia autenticada del correspondiente nombramiento, especialmente en el caso de los Secretarios accidentales.

Una vez actualizados y guardados los datos, se generará el escrito de solicitud, en el que aparecen todos los datos actualizados, debiéndose firmar y presentar el mismo por quien ostente la Alcaldía/Presidencia o por la persona responsable de la Secretaría de la Entidad, generándose el correspondiente resguardo de su presentación para el interesado.

Opción para recibir las notificaciones telemáticas

Esta opción se ejercerá a través de la pestaña "Opción de Notificación Telemática", siempre que se quiera que las notificaciones desde el Registro se hagan por la vía telemática, a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Junta de Andalucía, con independencia de que las entidades interesadas siempre puedan realizar sus solicitudes por la vía telemática o documental.

La opción de este medio de notificación, la hará la persona que ostente la Alcaldía/Presidencia de la entidad, y podrá activarse en cualquier fase de tramitación de los diferentes procedimientos registrales. Dicha persona, tendrá que activar el botón "Solicitar notificaciones telemáticas", a continuación deberá firmar electrónicamente el escrito de autorización de dicho medio de notificación y, después, presentarlo telemáticamente, dando el sistema un resguardo de presentación para el interesado.

Una vez dado el anterior paso, para que el cambio a notificaciones por vía telemática se haga efectivo, tendrá que ser aceptado por la persona titular de la Secretaría de la entidad o por otra persona autorizada, que serán las que van a recibir las notificaciones relacionadas con este Registro. Para ello, una u otra, deberán acceder con su certificado digital a la aplicación informática, y dentro también de la pestaña "Opción de Notificación Telemática", buscar la Entidad Local o Consorcio de que se trate, accediendo a la misma mediante el icono ubicado a la derecha y denominado "Gestión". Una vez que ha accedido, habrá de declarar si actúa como responsable de la Secretaría de la Entidad o como persona autorizada, así como consignar su e-mail y nº de teléfono móvil para recibir los avisos de las notificaciones. Completados estos datos, deberá activar el botón de firma electrónica del escrito de aceptación, pudiendo visualizar dicho escrito antes de proceder a su firma. Una vez firmado, para finalizar el proceso, deberá proceder a su presentación telemática.

Recibido un aviso de notificación, la persona interesada deberá acceder para su lectura, al Sistem@ de Notificaciones Telemáticas de la Junta de Andalucía, bien directamente, bien a través del enlace que en el aviso aparecerá.

Se podrá indicar al sistema, en cualquier momento, un cambio en la persona autorizada para recibir las notificaciones, para lo cual la nueva persona deberá acceder a la oficina virtual con su certificado digital, y realizar los trámites indicados en el párrafo que antecede.

Opción para habilitar a terceros en la gestión de expedientes 

Para acceder a esta opción habrá de activarse la pestaña denominada "Habilitar Terceros". Mediante esta opción tanto quien ostente Alcaldía/Presidencia como el Secretariado pueden habilitar a otra persona para gestionar los distintos expedientes y datos extrarregistrales, pudiendo realizar todas las actuaciones menos firmar documentos y habilitar terceros. Permite crear y eliminar terceros (de manera lógica), pero no modificar los mismos.

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